INVERSIONES OCEANO AZUL S.A./QUINZIO (LTE)
Rol
Fecha
21 de julio de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA (DEL ACUERDO)
Hechos
Vistos: Comparece Inversiones Océano Azul S.A. interponiendo recurso de queja contra el juez árbitro mixto don Jorge Cristián Quinzio Santelices, por las faltas y abusos graves que le atribuye, cometidos al dictar la sentencia definitiva de única instancia de fecha 31 de marzo de 2021 en los autos arbitrales caratulados “Bravari Quinlan Andrés Avelino con Inversiones Océano Azul S.A.”, que acogió la demanda de resolución de contrato de promesa de compraventa e indemnización de perjuicios deducida en su contra y que rechazó su demanda reconvencional. Explica que el juez árbitro aludido conoció de una demanda principal y otra reconvencional por incumplimiento de las obligaciones de un contrato de promesa de compraventa celebrado por escritura pública otorgada en la Séptima Notaría de Santiago, respecto del inmueble de propiedad de don Andrés Bravari Quinlan. Denuncia que en el fallo se incurriría en evidentes faltas, desde que incumple las exigencias previstas en el artículo 170 del Código de Procedimiento Civil. A saber: 1.- La sentencia no contiene la totalidad de las consideraciones de hecho o de derecho que le sirven de fundamento. En el
Fundamentos
considerando séptimo del
Fallo
fallo se incurriría en evidentes faltas, desde que incumple las exigencias previstas en el artículo 170 del Código de Procedimiento Civil. A saber: 1.- La sentencia no contiene la totalidad de las consideraciones de hecho o de derecho que le sirven de fundamento. En el considerando séptimo del fallo se razona que la cláusula cuarta del contrato de promesa, referida a las condiciones y plazos de la operación, fue redactada íntegramente por su parte y que, por lo tanto, en todo aquello que exista ambigüedad debe ser interpretado en su contra, sin embargo, no desarrolla tal conclusión ni tampoco valoró toda la prueba rendida sobre este punto, en cuanto que el texto del contrato fue consensuado entre ambos suscriptores y objeto de diversas modificaciones. En el considerando octavo se da por establecido que la letra a) de la aludida cláusula cuarta se construye desde la perspectiva que tanto para la entrega de los títulos y demás antecedentes relevantes para la compraventa, como para su estudio y comunicación de reparos, el promitente comprador debía actuar por medio de abogados que lo asesoraran y que, por su lado, el promitente vendedor debería proporcionar los antecedentes que dichos abogados le requiriesen, lo que no es efectivo, puesto que se acreditó que su parte no designó abogados ya que financiaría la compra de la propiedad a través de un crédito. En cuanto a la valoración de la prueba, acusa que ésta se realizó de manera genérica, sin explicarlas pormenorizadamente, a
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintiuno de julio de dos mil veintiuno. Vistos: Comparece Inversiones Océano Azul S.A. interponiendo recurso de queja contra el juez árbitro mixto don Jorge Cristián Quinzio Santelices, por las faltas y abusos graves que le atribuye, cometidos al dictar la sentencia definitiva de única instancia de fecha 31 de marzo de 2021 en los autos arbitrales caratulados “Bravari Quinlan Andrés Av
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica