SIN INFORMACION

MORA/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL DEL PRIMER SEMESTRE DEL AÑO 2021

Rol

Fecha

20 de julio de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA/COMUNICAR

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 13 de julio del presente año comparece don Max Troncoso Moreno, Defensor Penal Público Penitenciario, cédula nacional de identidad Nº16.225.962-8, domiciliado para estos efectos en calle 3 Oriente N°1326, oficina 5 A, Talca, interponiendo Recurso de Amparo en favor de ALVARO ALEXIS MORA ARAYA, cédula nacional de identidad Nº16.239.083-K, actualmente privado de libertad en calidad de condenado en el C.C.P. de Talca y, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, integrada por el Ministro don Moisés Muñoz Concha y los magistrados doña Amelia Avendaño González, doña Claudia Olea Tapia, don Marcial Taborga Collao y don Ricardo Riquelme Carpenter, por la resolución que rechazó conceder la Libertad Condicional del amparado. Refiere que el señor Mora Araya cumple condena de 7 años de presidio mayor en su grado mínimo como autor del delito Robo con violencia e intimidación, más un saldo de 523 días, las cuales inició el 15 de octubre de 2013, debiendo culminar el 22 de marzo de 2022. Indica que cumpliendo con los requisitos fue postulado a la libertad condicional, sin embargo, la recurrida por voto de mayoría rechazó su solicitud fundado en que no cumplía con lo dispuesto en el artículo 2° número 3 del Decreto Ley N°321, transcribiendo la resolución recurrida que, en extracto, indica que “…se trata de un interno que en proceso de cumplimiento anterior a revocación de libertad condicional, participa de Intervención en Programa de Reinserción Social y tras inicio de beneficio intrapenitenciario de salida dominical de fin de semana, lo quebranta tras no presentación, posterior a esto, inicia libertad condicional la que nuevamente incumple, permaneciendo 4 meses eludiendo la justicia. Se destaca participación activa en programa de intervención, logrando desarrollar de buena forma gran parte de ella, en los que se evidencian avances especialmente respecto a mejorar habilidades de la comunicación de manera más asertiva, generar ref

Fallo

Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, SE ACOGE el recurso de amparo interpuesto por don Max Troncoso Moreno, en favor de ALVARO ALEXIS MORA ARAYA, en contra de la resolución dictada por la Comisión de Libertad Condicional el 14 de abril del presente año, sólo en cuanto ésta deberá reunirse de forma extraordinaria, a fin de emitir un pronunciamiento respecto de la concesión o no de la Libertad Condicional al amparado, a la luz de los antecedentes que Gendarmería aportó respecto de éste. Regístrese y archívese en su oportunidad. Comuníquese por la vía más expedita. Rol 240-2021/Amparo.

Texto Completo (Preview)

Talca, veinte de julio de dos mil veintiuno. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 13 de julio del presente año comparece don Max Troncoso Moreno, Defensor Penal Público Penitenciario, cédula nacional de identidad Nº16.225.962-8, domiciliado para estos efectos en calle 3 Oriente N°1326, oficina 5 A, Talca, interponiendo Recurso de Amparo en favor de ALVARO ALEXIS MORA ARAYA, cédula nacional

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