PARTE CONTRAVENCIONAL: DENUNCIANTE: MARÍA ANGÉLICA RIVEROS TIEMAN. DENUNCIADA: JOCELYN GISSELLA HERNÁNDEZ CAMPOS
Rol
Fecha
20 de julio de 2021
Materia
INFRACCIÓN LEY DE TRÁNSITO
Resultado
FALLADA/CONFIRMADA CON DECLARA
Hechos
Visto: Se reproduce la sentencia en alzada y teniendo además presente: Primero: Que, teniendo en consideración que la querella infraccional se dirigió en contra de don Marcelo López Manquelipe, como supuesto conductor del móvil impactador, quien no fue notificado válidamente de la querella infraccional dirigida en su contra y de la consiguiente demanda civil. Que éste último libelo, se dirigió además, en contra de la propietaria del vehículo que no habría participado en los hechos materia de estos autos y que, por lo demás, se tuvo por no presentada la demanda civil dirigida en su contra. Segundo: Que, consta en autos que don Marcelo López Maquelipe no compareció, no otorgó mandato alguno y, que la propietaria del vehículo dijo desconocerle, en la audiencia de estilo de fojas 103. Tercero: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 169 de la Ley de Tránsito, el propietario será responsable civilmente de los daños y perjuicios causados por el conductor, supuesto normativo que no se verificó al no haberse aportado prueba suficiente en tal sentido. Y visto lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley N° 18.287, se confirma la sentencia apelada de siete de enero de dos mil veinte, escrita a fojas 116 y siguientes, con declaración, que se absuelve, sólo a la parte denunciante doña María Angélica Riveros Tiemann; omitiéndose declaración respecto de la propietaria del móvil, patente única N° JXFR-68. Regístrese, comuníquese, notifíquese y devuélvase, en su oportunidad. ..rita a fojas...e dos mil veintiuno.ernte causa no se ver N° Policía Local 61-2020.
Texto Completo (Preview)
Llg C.A.Valparaíso. Valparaíso, veinte de julio de dos mil veintiuno. Visto: Se reproduce la sentencia en alzada y teniendo además presente: Primero: Que, teniendo en consideración que la querella infraccional se dirigió en contra de don Marcelo López Manquelipe, como supuesto conductor del móvil impactador, quien no fue notificado válidamente de la querella infraccional dirigida en su contra y
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