SAENZ/AFP MODELO S.A.
Rol
Fecha
19 de julio de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: 1°.- Que, comparece don Rolando Calderón Franco en favor de don Cristian Isaac Sáenz Godoy, interponiendo recurso de protección en contra de Administradora de Fondos de Pensiones Modelo S.A., fundado en que esta última ha rechazado la solicitud de entrega del 10% de los fondos previsionales correspondientes al segundo retiro, sin expresión de causa o razón legal para ello, pues luego de haber efectuado la solicitud con fecha 10 de diciembre del año 2020 y consultado su estado en reiteradas oportunidades, y debido a su insistencia, a mediados de abril de 2021 en dependencias de la recurrida le manifestaron que ellos no se regían por plazos ni judiciales ni legales, que tenían sus propios plazos y pagarían cuando quisieran, incumpliendo de este modo el mandato de la Ley N° 21.295. Señala que se ha presentado el recurso dentro de plazo,
Fundamentos
considerando como fecha cierta el 12 de abril de 2021, cuando el encargado de oficina rechazó una vez más, el requerimiento de información sobre el motivo legal para rechazar el segundo retiro de fondos previsionales. No obstante, que la vulneración de derechos es permanente en el tiempo, estimando que el acto ilegal denunciado ha conculcado el derecho de propiedad del recurrente, solicitando que se ordene a la recurrida que informe la causa o justificación legal para el rechazo de la solicitud de retiro y, en caso de no haberla, hagan la entrega inmediata de dichos fondos a su representado, en la forma establecida en la ley y conforme a la solicitud ingresada, todo con expresa condena en costas. 2°.- Que, informa la abogada doña María Fernanda Donoso Capponi, en representación de Administradora de Fondos de Pensiones Modelo S. A., señalando que debido a la alta carga de solicitudes ingresadas con ocasión a la entrada en vigencia de la Ley N°21.248 y la Ley N° 21.295, que permitió el retiro del 10% de las cuentas de capitalización de ahorro individual de los afiliados y también por las inconsistencias en la información recibida desde las distintas instituciones hacia la Administradora, se produjo un retraso en el proceso de pago. Añade que conforme a las exigencias de la Superintendencia de Pensiones, se produjo un leve retraso en el proceso de pago del retiro solicitado por los afiliados y que con fecha 11 de agosto de 2020, su representada recibió antecedentes que daban cuenta de una orden de retención sobre los fondos correspondientes al primer retiro del Rut N° 18.906.710-0, decretado en causa RIT Z-1350-2018, debido a las medidas implementadas, es que dicha retención se hizo extensible al segundo retiro, sin embargo, con fecha 4 de marzo del presente año, la Excma. Corte Suprema, atendiendo una presentación de la Asociación de Administradoras de Fondos de Pensiones A.G., señaló que las medidas cautelares que se dicten con ocasión del primer o del segundo retiro, sólo surtirán efectos respecto de ese retiro, habiéndose instruido a todas las Administradoras estar a lo resuelto en el referido Oficio de la Excma. Corte Suprema. Sostiene que, a fin de dar solución al rechazo que presentó la solicitud del afiliado con ocasión de la medida cautelar, su representada está realizando las gestiones necesarias para efectuar el pago de la totalidad de los fondos, con ocasión del segundo retiro del 10 % de los fondos previsionales, de acuerdo lo estipula la Ley N° 21.295, sin que exista un actuar ilegal o arbitrario, por lo que solicita el rechazo del recurso, con costas. 3°.- Que, informa la Jueza del Juzgado de Familia de esta ciudad, doña Dilys Araya Couch, refiriendo que en causa rit Z-1350-2018, con fecha 10 de agosto de 2020, doña Marcela Elizabeth Martínez Torres, solicitó retención judicial respecto del retiro de fondos del afiliado don Cristian Isaac Sáenz Godoy, oficiando el tribunal con fecha 10 de agosto de 2020 a la AFP Modelo. Con fecha
Fallo
por tanto, desestimarse la acción ejercida. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo previsto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas el interpuesto por don Rolando Calderón Franco a favor de don Cristian Isaac Sáenz Godoy, en contra de Administradora de Fondos de Pensiones Modelo S.A. Notifíquese. En su oportunidad, dese cumplimiento al numeral 14 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Protección. Redacción a cargo del Ministro Claudio Arias Córdova. No firma el Ministro señor Silva, no obstante haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, por encontrarse ausente haciendo uso de feriado legal. ROL 883-2021–PROTECCIÓN.
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5 Chillán, diecinueve de julio de dos mil veintiuno. Visto: 1°.- Que, comparece don Rolando Calderón Franco en favor de don Cristian Isaac Sáenz Godoy, interponiendo recurso de protección en contra de Administradora de Fondos de Pensiones Modelo S.A., fundado en que esta última ha rechazado la solicitud de entrega del 10% de los fondos previsionales correspondientes al segundo retiro, sin expresi
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