RECTIFICADORA DE MOTORES CARLOS SERRANO LIMITADA/ I. MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO
Rol
Fecha
19 de julio de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: 1º.- Que comparece Juan Manuel Olmos Pacheco, abogado, en representación de la sociedad Rectificadora de Motores Carlos Serrano Limitada, con domicilio para estos efectos en calle El Bosque Norte Nº 0140, Oficina 64, comuna de Las Condes, quien recurre de amparo económico, en contra de la Municipalidad de Santiago, representada para estos efectos por su Alcalde don Felipe Alessandri Vergara, don Héctor Feeley Díaz Alcalde de Santiago (S) y por don Raúl Hasbún Tarud, Secretario Municipal (S), todos domiciliados en Plaza de Armas sin número, Palacio Consistorial de la Comuna de Santiago. Expone que ha sido conculcada la garantía del artículo 19 Nº 21 de la Carta Fundamental, al dictar el Decreto Sección 2da. Nº 1812 de 25 de febrero de 2019, que ordenó la clausura del inmueble destinado a Rectificado de Motores, ubicado en calle Padre Orellana 1534, comuna de Providencia, por funcionar sin Patente Municipal, lo que no es efectivo, toda vez que la patente comercial municipal le fue otorgada en forma definitiva en el año 2020 y ha sido renovada ininterrumpidamente hasta la fecha. Es así que se le ha impedido ejercer libremente su actividad económica, conculcando la garantía constitucional ya citada. 2º.- Que la recurrida evacuando el informe solicitado, señala que se ha dejado sin efecto el decreto de clausura, por cuanto se ha acreditado que el recurrente desde el año 2020 cuenta con la patente definitiva Rol Nº 323.802-4 que ampara el local comercial ubicado en calle Padre Orellana Nº 1534, comuna de Providencia y le permite realizar mediciones, unidades de medidas y de los equipos utilizados para efectuarlas, así como de su certificación y calibración periódica de motores, según el Código del Servicio de Impuestos Internos. Añade que mediante Memo Nº 1107 de 24 de junio del presente año, la Dirección Jurídica ordenó a la Unidad emisora del Decreto de Clausura, que deje sin efecto de manera inmediata dicha medida por no existir los presupuestos legales que se
Fallo
Por estas consideraciones, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y artículo único de la Ley 18.971, se rechaza, el recurso de amparo económico interpuesto por Juan Manuel Olmos Pacheco, en favor de la sociedad Rectificadora de Motores Carlos Serrano Limitada. Regístrese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-2422-2021.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, diecinueve de julio de dos mil veintiuno. VISTOS: 1º.- Que comparece Juan Manuel Olmos Pacheco, abogado, en representación de la sociedad Rectificadora de Motores Carlos Serrano Limitada, con domicilio para estos efectos en calle El Bosque Norte Nº 0140, Oficina 64, comuna de Las Condes, quien recurre de amparo económico, en contra de la Municipalidad de Santiago, repre
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