SIN INFORMACION

DARLINE DELISCARD CONTRA INTENDENCIA REGIONAL DE TARAPACÁ

Rol

Fecha

19 de julio de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTO: Comparece don Cristóbal Millar Bruna, abogado, en representación de doña Darline Deliscard, ciudadana haitiana, pasaporte N° 4640821, domiciliada para estos efectos en calle Isidora Goyenechea 2939, piso 5, Comuna de Las Condes, por quien deduce acción constitucional de amparo en contra de la Intendencia Regional de Tarapacá, por haber dictado de manera ilegal y arbitraria la Resolución Nº 5.265/4642/2019 de fecha 15 de octubre de 2019, que la expulsa del país. Expone que la amparada es nacional de Haití, y que su pareja, en búsqueda de protección, atendida la crisis económica por la que atraviesa su país de origen, decidió migrar a Chile en el año 2017, entrando con visa de turismo. Una vez ingresado y hasta la actualidad, trabaja como panadero en Comercial y Panificado Le Moustache, el que le permite acceder a su visa temporaria de trabajo. Por su parte, refiere que la amparada, ingresó al país con fecha 26 de agosto de 2019, a través de un paso no habilitado por la ciudad de Iquique, atendida la imposibilidad de acceder a una visa. Posteriormente, se dirigió a Santiago donde reside su pareja y se auto denunció a la Policía de Investigaciones de Chile, debiendo firmar mensualmente. Señala que con fecha 27 de septiembre de 2019, la Intendencia denunció el ingreso por paso no habilitado ante el Ministerio Público, presentando un requerimiento por una supuesta infracción al artículo 69 del Decreto Ley Nº 1.094 de 1975; sin embargo, en el mismo acto la Intendencia se desistió de la denuncia, provocando la extinción de la acción penal conforme lo dispone el artículo 78 de la referida norma. Seguidamente, el día 15 de octubre de 2019, actuando por fuera de las facultades que le entrega la ley, la Intendencia dicta la Resolución Nº 5.265/4642/2019, que decretó la expulsión del país de Darline Deliscar, usando como fundamento la infracción al tipo penal del artículo 69 del Decreto Ley Nº 1.094, a pesar de haberse desistido de la acción penal, con los consecuentes e

Fundamentos

fundamentos y sanciona a las personas amparadas sin un proceso ni una condena previa, lo que no satisface los requisitos ni estándares mínimos de fundamentación requeridos por el ordenamiento jurídico en la aplicación de una sanción administrativa. Cita jurisprudencia y pide acoger el recurso de amparo interpuesto, y en definitiva: 1) Dejar sin efecto la Resolución Nº 5.265/4642/2019 de fecha 14 de octubre de 2019, 2) Ordenar al Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública regularizar dentro de los siguientes 30 días a la fecha en que esta parte presente los antecedentes una vez que quede ejecutoriada la sentencia no considerando su supuesto ingreso irregular como impedimento para ello o, en subsidio, 3) Ordenar al Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública regularizar a la brevedad, intervalo de tiempo que debe determinarse prudencialmente conforme al mérito del proceso, no considerando su supuesto ingreso irregular como impedimento para ello o, en subsidio, 4) Ordenar a la Intendencia informar de esta revocación al Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, a objeto de que la amparada pueda llevar adelante los trámites pertinentes para su regularización en el territorio nacional. Acompaña documentos. Evacúa informe don Jaime Cejas Guicharrousse, abogado de la Delegación Presidencial Regional de Tarapacá (Ex Intendencia Regional de Tarapacá), quien solicita el rechazo del recurso por no encontrarse la amparada en ninguno de los supuestos artículo 21 de la Constitución Política de la República. Expone que con fecha 26 de agosto de 2020 (sic), funcionarios del Departamento de Migraciones y Policía Internacional de Iquique, fiscalizaron a la amparada. Requerida la documentación de ingreso al país, no portaba la correspondiente Tarjeta de Ingreso, manifestando al personal policial que había ingresado por las cercanías de la Avanzada Fronteriza de Colchane, eludiendo el control policial existente en dicho lugar, procediéndose a consultar las bases de datos institucionales en las cuales no registraba movimiento migratorios que reflejasen su entrada al territorio nacional. Así, indica que mediante el informe policial Nº 1832 de 27 de agosto de 2019, la Policía de Investigaciones informó a la Intendencia Regional de Tarapacá, que la extranjera de nacionalidad haitiana había ingresado clandestinamente al territorio nacional, eludiendo los controles policiales de frontera. Con lo anterior, expone que la institución, el 27 de septiembre de 2019, obrando de acuerdo al procedimiento establecido en el artículo 78 del D.L 1094 denunció el hecho ante la Fiscalía del Tamarugal y posteriormente se desistió del mismo. Agrega que, conforme a lo expuesto, el 15 de octubre de 2019, se dictó la Resolución Exenta N° 5265, que ordena la expulsión de la amparada en razón de su ingreso clandestino al país

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia sobre la materia, SE ACOGE la acción constitucional de amparo interpuesta a favor de Darline Deliscard, y en consecuencia, se ordena dejar sin efecto la Resolución Exenta N° 5265, de 15 de octubre de 2019, dictada por la Intendencia Regional de Tarapacá. Regístrese, comuníquese y en su oportunidad, archívese. Rol Corte N° 553-2021 Amparo. 1

Texto Completo (Preview)

Iquique, diecinueve de julio de dos mil veintiuno. VISTO: Comparece don Cristóbal Millar Bruna, abogado, en representación de doña Darline Deliscard, ciudadana haitiana, pasaporte N° 4640821, domiciliada para estos efectos en calle Isidora Goyenechea 2939, piso 5, Comuna de Las Condes, por quien deduce acción constitucional de amparo en contra de la Intendencia Regional de Tarapacá, por haber dict

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