SIN INFORMACION

NAGUANAGUA/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA

Rol

Fecha

19 de julio de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: Primero: Que Pablo Peñaloza Parra dedujo acción de protección en favor de Emily Naguanagua Paternina en contra del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, recurriendo en contra de la resolución y su subsecuente notificación de 11 de junio de 2021, mediante la cual se comunica aquella decisión que rechaza la solicitud de permanencia definitiva. Segundo: Que según consta en el expediente, la acción constitucional fue interpuesta el 15 de julio de 2021. Tercero: Que de conformidad al artículo 1° del Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, la acción debe deducirse en el plazo fatal de 30 días corridos contados desde la ejecución del acto, la ocurrencia de la omisión, o desde que se tuvo conocimiento cierto de los mismos. Cuarto: Que de conformidad a lo expuesto, habiéndose recurrido en contra de un acto concreto y determinado ejecutado en la fecha referida, no queda sino estimar que la acción fue interpuesta fuera del plazo correspondiente. Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se declara inadmisible por extemporáneo, el recurso de protección interpuesto por Pablo Peñaloza Parra. Regístrese y archívese. Protección N° 4817- 2021

Fallo

Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, la acción debe deducirse en el plazo fatal de 30 días corridos contados desde la ejecución del acto, la ocurrencia de la omisión, o desde que se tuvo conocimiento cierto de los mismos. Cuarto: Que de conformidad a lo expuesto, habiéndose recurrido en contra de un acto concreto y determinado ejecutado en la fecha referida, no queda sino estimar que la acción fue interpuesta fuera del plazo correspondiente. Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se declara inadmisible por extemporáneo, el recurso de protección interpuesto por Pablo Peñaloza Parra. Regístrese y archívese. Protección N° 4817- 2021

Texto Completo (Preview)

CH- Mjc En San Miguel, a diecinueve de julio de dos mil veintiuno. Vistos: Primero: Que Pablo Peñaloza Parra dedujo acción de protección en favor de Emily Naguanagua Paternina en contra del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, recurriendo en contra de la resolución y su subsecuente notificación de 11 de junio de 2021, mediante la cual se comunic

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