SIN INFORMACION

LUGO/CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR LOS ANDES.

Rol

Fecha

19 de julio de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS: La comparecencia de Jorge Manuel Lena Salgado, abogado que comparece a favor de Germán Alberto Lugo Riascos, cédula de identidad N°24.308.917-4, soltero, dependiente, ambos con domicilio, para estos únicos efectos, en calle Teniente Luis Uribe N°636, oficina 803, comuna y ciudad de Antofagasta, quien deduce recurso de protección en contra de Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, representada legalmente por Nelson Maurio Rojas Mena, solicitando se declare que los descuentos informados y percibidos por la recurrida son ilegales y se ordene su reintegro y abstención de informar descuentos de sus remuneraciones en lo sucesivo, con costas. Informó la recurrida, solicitando el rechazo del recurso. Puesta la causa en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurrente Germán Alberto Lugo Riascos, funda su recurso, en que es trabajador de la empresa “ICL CATADOS LIMITADA.”. Rut 77.189.740-1, desde el 19 de febrero de 2020, obligándose su empleador a pagar mensualmente sus remuneraciones conforme a derecho. El día 26 de septiembre de 2017, el actor solicitó un crédito de consumo a la Caja De Compensación de Asignación Familiar Los Andes, cuyo pago se pactó en 60 cuotas mensuales de $147.184, dejándose de pagar en el mes de febrero del año 2020. No obstante lo anterior, la recurrida no ejerció acción oportuna y efectiva tendiente al cobro de lo adeudado, sino que esperó a que se constituyera en mora en el mes febrero del año 2020 para luego en abril del mismo año, comenzar a efectuar descuentos extrajudiciales, ilegales, arbitrarios y antojadizos, sin aviso ni notificación previa, desde las remuneraciones del recurrente, descuentos que a la fecha de la interposición del presente recurso de protección se mantienen. Es así, que la recurrida no ejerció acción judicial oportuna tendiente a efectuar el cobro de lo adeudado, obviando toda norma y/o vía procedimental para obtener el pago de su crédito, yendo incluso en contra de las normas propias que le rigen, cuestión que ha obviado presuntamente amparada en una norma de la Ley de Cajas de Compensación, sin considerar el inciso tercero del artículo 16 de la Ley 19.539. Con fecha 25 de noviembre de 2020, la recurrida interpuso demanda ejecutiva en su contra, en causa ROL C-3319-2020 seguida ante el 2° Juzgado de Letras de Calama, demandando una supuesta “morosidad” a partir del mes febrero de 2020, demanda que a la fecha no ha sido notificada ni se han certificado búsquedas en la causa. En ese sentido, la recurrida nunca debió ni debe seguir descontando extrajudicialmente de manera arbitraria e ilegal su crédito, sin haber agotado previamente la vía judicial, es más, intenta demandar 7 meses después de haber efectuado el primer descuento y pretende, continuar descontando. Es así, que la Caja de Compensación Los Andes, viene efectuando descuentos arbitrarios, ilegales y abusivos de las remuneraciones desde el mes de abril del año 2020 y que hasta el mes de mayo de 2021, suman un total descontado de $2.230.830.- En consecuencia, cuando el recurrente dejó de pagar, la recurrida no ejerció acciones judiciales efectivas tendientes a cobrar el crédito, sino que ha decidido revivir y forzar de manera unilateral un beneficio que la ley contempla para un cobro oportuno, lo cual priva al recurrente de su derecho de defensa y propiedad sobre parte de su retribución económica obtenida con motivo de su actividad laboral que desempeña. En otras palabras, la recurrida ha hecho oídos sordos a su derecho para perseguir la obligación por los medios legales ordinarios, privando al recurrente de su derecho a ejercer la defensa correspondiente. La presente acción constitucional de protección es entablada, estimándose que se han vulnerado las gar

Fallo

Por estas consideraciones y atendido además lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, SE ACOGE sin costas el recurso de protección deducido por el abogado Jorge Manuel Lena Salgado, en representación de Germán Alberto Lugo Riascos en contra de Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, y en consecuencia se ordena a la recurrida abstenerse en lo sucesivo de efectuar o informar descuentos en las remuneraciones del recurrente, y la restitución de la cantidad total de dinero descontado, debidamente reajustados, dentro de décimo día de ejecutoriada esta sentencia. Regístrese, comuníquese y archívense los antecedentes en su oportunidad. ROL 5494 – 2021 (PROTECCIÓN)

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, diecinueve de julio de dos mil veintiuno. VISTOS: La comparecencia de Jorge Manuel Lena Salgado, abogado que comparece a favor de Germán Alberto Lugo Riascos, cédula de identidad N°24.308.917-4, soltero, dependiente, ambos con domicilio, para estos únicos efectos, en calle Teniente Luis Uribe N°636, oficina 803, comuna y ciudad de Antofagasta, quien deduce recurso de protección en co

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