RETAMAL/SERVICIOS EQUIFAX CHILE LIMITADA
Rol
Fecha
19 de julio de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: Comparece Adolfo Francisco Barrientos Vásquez, egresado de derecho, domiciliado en San Fernando, Villa Venecia, Pasaje Coronel Cornelio Saavedra Nº 351, y deduce recurso de protección en favor de don Alejandro Andrés Retamal Avaca, profesor, domiciliado para estos efectos en Maule. Villa Santa Teresa de Colín, calle Santa Rosa de Lavanderos Nº 1671, conforme a lo dispuesto en el numeral 2° del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de protección y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República. Confiere patrocinio y poder al abogado don Hernán Rodrigo Romero Meza, con domicilio en San Fernando, Villa Venecia Pasaje Coronel Cornelio Saavedra Nº 351. Estando dentro de plazo lo interpone en contra de Servicios Equifax Chile Ltda., Sociedad anónima bancaria, representada legalmente por su Gerente General don Carlos Ellis Johnson Lathrop, cuya profesión ignora, ambos domiciliados en la comuna de Las Condes, calle Isidora Goyenechea Nº 2800, Piso 26, por el acto ilegal y arbitrario ejecutado por el banco recurrido, que afecta las garantías constitucionales previstas en el artículo 19 Nºs 2 y 4, esto es “la igualdad ante la ley” y “el derecho de propiedad en sus diversas especies sobre toda clase de bienes corporales o incorporales., y otras normas que detallará. Solicita se acoja el presente recurso y se ordene a Servicios Equifax Chile Ltda. la entrega, sin costo, de un reporte que incluya la totalidad de los datos financieros de que disponga, absteniéndose de entregar a futuro el certificado incompleto, bajo apercibimiento, con costas. Informando por la recurrida el abogado Juan Enrique Nazar Muñiz, solicita el total rechazo de la presente acción constitucional. Con lo relacionado y considerando. Primero: Que en cuanto a los hechos, refiere que don Alejandro Andrés Retamal Avaca, suscribió el Contrato de Apertura de Línea de Crédito para Estudiantes de Educación Superior con Garantía Estatal
Fundamentos
considerando reproduce, y como normas constitucionales vulneradas, el artículo 19 Nº 2, esto es “La igualdad ante la ley”. Sostiene que el derecho a no ser discriminado se encuentra reconocido en tratados internacionales, como la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en su artículo 7, y el artículo 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. A su vez Artículo 19 Nº 4 de nuestra Constitución Política establece: “La Constitución asegura a todas las personas :2º La igualdad ante la ley. Explica que Servicios Equifax Chile S.A., es una empresa presta servicios de información comercial a entidades del sector público y privado y a un número importante de personas, sus sistemas de información o bases de datos están compuestos no sólo por información entregada por aportantes directos al Boletín Electrónico Dicom (“BED”), sino que también por otros sistemas de información, como por ejemplo la base de datos denominada “Bolcom”, que corresponde al Boletín Comercial, cuyo responsable es la Cámara de Comercio de Santiago A.G y la base de Datos entregadas por SINACOFI.Esta empresa opera vía informática en todo Chile, desde su oficina central de Santiago, las 24 horas del día y los 7 días de la semana, sin importar de que ciudad se solicite información comercial, produciendo un gravamen a ciertas personas por el hecho de que esta empresa puede tenerlo a disposición en su plataforma informática y acreditar la identidad de quien lo solicite, como lo hace para los certificados de pago, discriminando arbitrariamente en este caso a quienes viven lejos, entregando a cada uno de sus clientes la información requerida en forma inmediata previo cobro de un arancel. En su mismo portal una persona natural si quiere obtener un informe detallado de datos personales, debe pasar por un filtro creado por tal Servicio para acreditar la identidad de quien desee obtener información sobre sus datos personales, previo pago de un arancel, pero si una persona natural quiere obtener el certificado gratuito de la Ley 20.575, además de pasar el filtro para acreditar la identidad, solo se le entrega un “certificado” incompleto que además no es válido como informe comercial, obligando a desembolsar dinero para comprar un certificado completo, sufriendo una discriminación arbitraria en contraposición de aquellos que pueden comprar este certificado de antecedentes comerciales completo. Añade, que el artículo 19 Nº 24, contempla “El derecho de propiedad en sus diversas especies sobre toda clase de bienes corporales o incorporales” y la Ley N° 19.628 sobre protección a la vida privada y la Ley 20.575 establece el principio de finalidad en el tratamiento de datos personales, que los protege mediante el reconocimiento legal, entregando un catálogo de derechos de los titulares de los datos, estableciendo sanciones por su incumplimiento, entre ellos el artículo 3 inciso final de la Ley 20.575 que establece: “Los distribuidores de los registros o bancos de datos de caráct
Fallo
fallo del recurso de protección y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República. Confiere patrocinio y poder al abogado don Hernán Rodrigo Romero Meza, con domicilio en San Fernando, Villa Venecia Pasaje Coronel Cornelio Saavedra Nº 351. Estando dentro de plazo lo interpone en contra de Servicios Equifax Chile Ltda., Sociedad anónima bancaria, representada legalmente por su Gerente General don Carlos Ellis Johnson Lathrop, cuya profesión ignora, ambos domiciliados en la comuna de Las Condes, calle Isidora Goyenechea Nº 2800, Piso 26, por el acto ilegal y arbitrario ejecutado por el banco recurrido, que afecta las garantías constitucionales previstas en el artículo 19 Nºs 2 y 4, esto es “la igualdad ante la ley” y “el derecho de propiedad en sus diversas especies sobre toda clase de bienes corporales o incorporales., y otras normas que detallará. Solicita se acoja el presente recurso y se ordene a Servicios Equifax Chile Ltda. la entrega, sin costo, de un reporte que incluya la totalidad de los datos financieros de que disponga, absteniéndose de entregar a futuro el certificado incompleto, bajo apercibimiento, con costas. Informando por la recurrida el abogado Juan Enrique Nazar Muñiz, solicita el total rechazo de la presente acción constitucional. Con lo relacionado y considerando. Primero: Que en cuanto a los hechos, refiere que don Alejandro Andrés Retamal Avaca, suscribió el Contrato de Apertura de Línea de Crédito para Estudiantes de Educa
Texto Completo (Preview)
Talca, diecinueve de julio de dos mil veintiuno. Visto: Comparece Adolfo Francisco Barrientos Vásquez, egresado de derecho, domiciliado en San Fernando, Villa Venecia, Pasaje Coronel Cornelio Saavedra Nº 351, y deduce recurso de protección en favor de don Alejandro Andrés Retamal Avaca, profesor, domiciliado para estos efectos en Maule. Villa Santa Teresa de Colín, calle Santa Rosa de Lavanderos
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica