MARAMBIO VELASQUEZ YERCO HILARI/FISCALIA DE SAN MIGUEL
Rol
Fecha
19 de julio de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Atendido que de los hechos expuestos no se desprende la existencia de actos u omisiones que se encuadren en las hipótesis fácticas del artículo 21 de la Constitución Política de la República, se declara inadmisible el recurso de amparo deducido por don Yerco Marambio Velásquez. Se previene que la ministra Pizarro Soto fue del parecer de dar ingreso a la presentación en el libro de protecciones. Regístrese y archívese en su oportunidad. Amparo N° 453- 2021.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de amparo deducido por don Yerco Marambio Velásquez. Se previene que la ministra Pizarro Soto fue del parecer de dar ingreso a la presentación en el libro de protecciones. Regístrese y archívese en su oportunidad. Amparo N° 453- 2021.
Texto Completo (Preview)
CH- Mjc En San Miguel, a diecinueve de julio de dos mil veintiuno. Por recibidos los antecedentes de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago y por aceptada la competencia. Vistos y teniendo presente: Atendido que de los hechos expuestos no se desprende la existencia de actos u omisiones que se encuadren en las hipótesis fácticas del artículo 21 de la Constitución Política de la República, se
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