SIN INFORMACION

MORILLO COLEGIAL BRIANA ANDREA - MORILLO COLEGIAL ARIANA SAMANTHA/MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Rol

Fecha

15 de julio de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente PRIMERO: Que comparece don Juan Pablo Collao Arenas, abogado en representación de los ciudadanos venezolanos don Brian Andrés Morillo Sosa, doña Auri Solange Colegial y sus hijos menores de edad Briana Andrea Morillo Colegial y Ariana Samantha Morillo Colegial, interponiendo en favor de todos ellos acción de amparo constitucional, dirigida en contra Dirección General de Asuntos Consulares, Inmigración y Chilenos en el Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, por haber incurrido en un acto ilegal y arbitrario de informar el cierre de la tramitación de la visa de responsabilidad democrática (VRD) de los recurrentes, mediante un correo masivo enviado el 11 de noviembre de 2020. Expone que los ciudadanos don Brian Andrés Morillo Sosa y doña Auri Solange Colegial, son cónyuges residentes regulares en Chile, con solicitud de permanencia definitiva en trámite. En dicho contexto, en noviembre de 2019, se solicitó VRD para sus dos hijas en común, las menores de edad Briana Andrea y Ariana Samantha, ambas Morillo Colegial, de 4 años de edad, a efectos de reunificarse como familia. Dichos trámites fueron avanzando, siendo citadas ambas niñas para concurrir a entrevista al Consulado de Chile entre los meses de abril y mayo de 2021. Sin perjuicio de lo anterior, refiere que no pudieron llevar a cabo el trámite, por cuanto fueron notificadas el 11 de noviembre de 2020, por medio de un correo electrónico de carácter masivo, del cierre de sus procedimientos, sin indicar, razones de derecho específicas de la negativa, ajustadas al caso concreto. Enfatiza que la misiva se escudada en la pandemia del COVID 19 para motivar el cierre del procedimiento de obtención de visas, vulnerando a su juicio el principio de reunificación familiar, el interés superior de las niñas y el deber de motivación de todo acto administrativo, teniendo especialmente en cuenta la crisis humanitaria presente en el país de origen de las solicitantes. Señala que la decisió

Fallo

Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia se rechaza la acción constitucional ́ interpuesta, en favor de las amparadas menores de edad Briana Andrea Morillo Colegial y Ariana Samantha Morillo Colegial, en contra del Ministerio de Relaciones Exteriores Sin perjuicio de lo anterior, se ordena a la reparticioń púb́lica recurrida que dentro de un plazo de diez diás, cite a las mencionadas amparadas al Consulado correspondiente a su domicilio actual, a fin de que presenten la documentacioń que les sea requerida de manera precisa- con anterioridad y suficiente antelación a esa época- y resolver la solicitud de visa, que en derecho corresponda, dentro de igual plazo. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-2735-2021.

Texto Completo (Preview)

C.A de Santiago Santiago, quince de julio de dos mil veintiuno Resolviendo folio 6: a lo principal, por evacuado informe de la recurrida, sin perjuicio de corresponder al mismo escrito de folio 5, ya incorporado en autos a folio 7. Al primer otrosí: téngase presente. Al segundo otrosí: a sus antecedentes. Resolviendo los folios 8 y 9: a todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente PRIMERO:

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