CASTILLO/SEREMI DE SALUD DE LA REGIÓN DE LA ARAUCANIA
Rol
Fecha
15 de julio de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto y teniendo presente: Estimándose que los hechos en que se funda el recurso, se relacionan con las facultades propias que la Constitución y la Ley, otorgan a los recurridos, y teniendo presente, que en este caso particular, se direccionan a tomar las medidas conducentes, para enfrentar el brote de COVID-19 que afecta al país, calificado como pandemia por la Organización Mundial de la Salud, aparece que en tales circunstancias, no corresponde a esta Corte pronunciarse a dicho respecto, excediendo por tanto, la pretensión incoada los fines y naturaleza cautelar de la acción constitucional de autos. Y visto además lo dispuesto en el numeral 2° del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, se declara inadmisible el recurso de protección interpuesto. Regístrese, y en su oportunidad, archívese. N°Protección-1891-2021.
Fallo
por tanto, la pretensión incoada los fines y naturaleza cautelar de la acción constitucional de autos. Y visto además lo dispuesto en el numeral 2° del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, se declara inadmisible el recurso de protección interpuesto. Regístrese, y en su oportunidad, archívese. N°Protección-1891-2021.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Chillán /GHS Chillán, quince de julio de dos mil veintiuno. A todo: estese a lo que se resolverá. Visto y teniendo presente: Estimándose que los hechos en que se funda el recurso, se relacionan con las facultades propias que la Constitución y la Ley, otorgan a los recurridos, y teniendo presente, que en este caso particular, se direccionan a tomar las medidas conducentes, para enfrentar e
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