SIN INFORMACION

CHÁVEZ/PIÑERA

Rol

Fecha

15 de julio de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

VISTOS: 1º) Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, dejando a salvo las demás acciones legales; 2°) Que la presentación efectuada en estos autos excede al ámbito de aplicación y las materias que deben ser conocidas mediante el presente arbitrio constitucional conforme a la redacción del artículo 20 de la Constitución Política de la República, pues si bien la autoridad respectiva ha decretado Estado de Excepción Constitucional atendida la actual situación de emergencia sanitaria, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6 y 7 de la Ley N°18.415 y 41 y 43 de la Carta Fundamental, recae en el Presidente de la República adoptar medidas restrictivas a los derechos y garantías que en dichas normas se enuncian, decisión político-administrativa que no puede ser impuesta mediante la presente acción constitucional y que ratifica que dicha materia no puede ser conocida por esta vía. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de protección, se declara INADMISIBLE el recurso de protección interpuesto al folio 1. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol N° Protección-7128-2021.(csd)

Fallo

fallo del recurso de protección, se declara INADMISIBLE el recurso de protección interpuesto al folio 1. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol N° Protección-7128-2021.(csd)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, quince de julio de dos mil veintiuno. A lo principal del escrito a folio 4: Atendido el mérito de los antecedentes, ha lugar a la reposición deducida debiendo estarse a lo que se resolverá. VISTOS: 1º) Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, pe

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