M.P C/ JORGE MIGUEL DIAZ PLAZA (QTE. LUIS POZA PERALTA)
Rol
Fecha
15 de julio de 2021
Materia
ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO. ART. 443.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Oídos los intervinientes y teniendo presente que en el actual estadio procesal se observan antecedentes suficientes que permiten sostener la existencia de los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación al delito por el cual se ha formalizado investigación y la eventual participación del imputado en el mismo, esta Corte estima que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en atención a la gravedad de la pena asignada al ilícito materia de la formalización, naturaleza y circunstancias y la existencia de medidas cautelares vigentes respecto al imputado al momento de su comisión, de conformidad a lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado. Por lo anteriormente señalado y lo dispuesto en el artículo 352 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución dictada en audiencia de siete de julio del año en curso, por el 10° Juzgado de Garantía de Santiago, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto de Jorge Miguel Díaz Plaza. Devuélvase. N° 2049-2021 Penal
Texto Completo (Preview)
En San Miguel, a quince de julio de dos mil veintiuno. Sala: Cuarta Sala Rol: 2049-2021 Penal Ruc: 2100626410-4 RIT: 1994-2021 Tribunal: 10° Juzgado de Garantía de Santiago Integrantes: Ministros señora Dora Mondaca Rosales y señor Patricio Martínez Benavides y Abogado Integrante señora Regina Díaz Tolosa. Relator: Camila Galle Aravena Digitadora: Marliz Vergara Jaramillo Fiscal: Magdalena Balart
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