SIN INFORMACION

CRISTIAN LAGOS RODRÍGUEZ/ DELIA SOTO HENRÍQUEZ Y OTRO

Rol

Fecha

14 de julio de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA SIN COSTAS

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Hechos

VISTO: En estos antecedentes Rol 53-2021. Protección, comparece CRISTIAN FELIPE LAGOS RODRIGUEZ, trabajador, cédula nacional de identidad Nº 17.393.602-8, domiciliado para estos efectos en calle 21 de mayo Nº 3822, Leonera, comuna de Chiguayante, Concepción, recurriendo de protección a favor de su hijo JULIAN ALONSO LAGOS SOTO de 3 años de edad, cédula de identidad Nº 25.709.040-K, con domicilio Pasaje 5, Casa 105, Villa Padre Hurtado, comuna de Hualpén y en contra de su madre doña Delia Fernanda Soto Henríquez, cédula de identidad N° 18.896.040-5, por el actuar ilegal y arbitrario de su madre y del Juzgado de Familia de Talcahuano. Expone, que en el Juzgado de Familia de Talcahuano, en causa RIT M-659-2017 se estableció un régimen de relación directa y regular, el cual fue pactado en un acuerdo completo y suficiente de fecha 30 de mayo de 2017. El Juzgado de Familia de Talcahuano, en audiencia de 22 de enero de 2020, en causa P-1.208-2019, se aplicó una medida de protección a favor de su hijo Julián Alonso, consistente en ser ingresado junto a su grupo familiar, al programa PPF Viviendo en Familia de Hualpén, por el término de un año, refiriendo el tribunal que “...apareciendo que ya se efectuaron evaluaciones periciales para resolver, existiendo ingreso efectivo e intervención desde el mes de mayo del año 2019, se hace innecesario el inicio de nuevo proceso, sin perjuicio de lo que se pudiera sugerir por el programa interviniente, y al ser la potestad de intervención judicial en estos casos de carácter excepcional, se estima en consecuencia manifiestamente improcedente ingresar nuevo requerimiento.” Todo esto, respecto una nueva solicitud de medida de protección presentado el 18/12/2020, RIT de ingreso P-1067-2020.- Que consta en causa RIT P-1208-2019, de ingreso del mismo juzgado, que su hijo visita su casa, por visitas regladas, en este sentido, sucede que cada vez que el niño llega al domicilio, lo hace seguidamente con algunos moretones, denunciados en la cau

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que conforme al numeral 1 del Auto Acordado sobre Tramitación y

Fallo

fallo del Recurso de Protección sobre garantías constitucionales, el recurso o acción de protección se interpondrá ante la Corte de Apelaciones en cuya jurisdicción se hubiere cometido el acto o incurrido en la omisión arbitraria o ilegal que ocasionen privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de las garantías constitucionales respectivas, o donde éstos hubieren producido sus efectos, a elección del recurrente. SEGUNDO: Que acorde a lo señalado en la parte expositiva precedente, el recurrente ha señalado en estos autos que la recurrida y madre del niño JULIAN ALONSO LAGOS SOTO, de 3 años de edad, descuida su protección, lo que ha comprobado cuando éste ha visitado su casa, por visitas regladas atendida su calidad de padre, le ha observado algunos moretones en el cuerpo, lo que ha denunciado al Juzgado de Familia de Talcahuano, formándose la causa RIT P-1208-2019, pero no se han adoptado las medidas protectoras, amparando el mal proceder de la madre. Agrega, que ésta no tiene buena relación con su actual pareja y que ha sido víctima de violencia intrafamiliar (VIF), en presencia del niño, con el consiguiente daño que tales hechos le produce, permitiendo que se vulnere sus derechos constitucionales del derecho a la igualdad ante la ley en relación con la protección de la familia, consagrados en el artículo 19 Nº 2 y 4 de la Constitución; y en los artículos 1.1 y 17 de la Convención Americana de Derechos Humanos. Por resolución de 24 de junio de 2021, se decla

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C.A. de Concepción Concepción, catorce de julio de dos mil veintiuno. VISTO: En estos antecedentes Rol 53-2021. Protección, comparece CRISTIAN FELIPE LAGOS RODRIGUEZ, trabajador, cédula nacional de identidad Nº 17.393.602-8, domiciliado para estos efectos en calle 21 de mayo Nº 3822, Leonera, comuna de Chiguayante, Concepción, recurriendo de protección a favor de su hijo JULIAN ALONSO LAGOS SOTO

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