JUZGADO DE GARANTIA DE COQUIMBO

M.P. COQUIMBO C/ WILLIAM ALEXANDER BOLADOS OSANDON

Rol

Fecha

13 de julio de 2021

Materia

HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Que, atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en estrados, compartiendo estos sentenciadores los argumentos del señor juez a quo y concurriendo por tanto los elementos de juicio contemplados en las letras a), b) y c) del artículo 140 del Código Procesal Penal y visto, además, lo dispuesto en los artículos 139, 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de fecha seis de julio de dos mil veintiuno, que decretó la prisión preventiva del imputado William Alexander Bolados Osandón, por estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Con lo actuado, se levanta acta de lo obrado, la que es suscrita por el Tribunal, y actúa como ministro de fe el relator (I) señor Alonso Escares Sepúlveda. Devuélvase vía interconexión. Rol N° 664-2021 Penal.-

Fallo

por tanto los elementos de juicio contemplados en las letras a), b) y c) del artículo 140 del Código Procesal Penal y visto, además, lo dispuesto en los artículos 139, 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de fecha seis de julio de dos mil veintiuno, que decretó la prisión preventiva del imputado William Alexander Bolados Osandón, por estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Con lo actuado, se levanta acta de lo obrado, la que es suscrita por el Tribunal, y actúa como ministro de fe el relator (I) señor Alonso Escares Sepúlveda. Devuélvase vía interconexión. Rol N° 664-2021 Penal.-

Texto Completo (Preview)

La Serena, trece de julio de dos mil veintiuno. Siendo las 10:35 horas, ante la Primera Sala de esta Corte de Apelaciones presidida por la Ministra Titular señora Marta Maldonado Navarro e integrada por el Ministro Titular señor Sergio Troncoso Espinoza y el Abogado Integrante señor Fernando Roco Pinto, se realiza la audiencia fijada para el conocimiento del recurso de apelación deducido por la d

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