MADRID CON VALERIA
Rol
Fecha
12 de julio de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que, atendido lo dispuesto en el artículo 472 del Código del Trabajo, las resoluciones que se dicten en los procedimientos regulados en el párrafo 4°, intitulado “Del cumplimiento de la sentencia y de la ejecución de los títulos ejecutivos laborales” serán inapelables, salvo lo dispuesto en el artículo 470, cuyo no es el caso, no pudiendo el presente recurso ser acogido a tramitación, toda vez que se trata de reglas especiales del juicio ejecutivo de cobranza laboral, que priman por sobre aquellas que regulan los recursos admisibles durante el juicio declarativo seguido ante el juez de letras del trabajo. Por estas consideraciones, y lo dispuesto en los artículos 472 del Código del Trabajo y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada con fecha nueve de junio dos mil veintiuno, en contra de la resolución dictada el tres de junio del mismo año, por el Juzgado de Letras de Colina. Regístrese y comuníquese, vía interconexión. N°Laboral - Cobranza-2111-2021.
Fallo
Por estas consideraciones, y lo dispuesto en los artículos 472 del Código del Trabajo y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada con fecha nueve de junio dos mil veintiuno, en contra de la resolución dictada el tres de junio del mismo año, por el Juzgado de Letras de Colina. Regístrese y comuníquese, vía interconexión. N°Laboral - Cobranza-2111-2021.
Texto Completo (Preview)
mplb C.A. de Santiago (Sala Tramitadora) Santiago, doce de julio de dos mil veintiuno. Sin perjuicio de advertir esta Sala Tramitadora que el tribunal a quo ha incurrido en un error de referencia al momento de indicar en la resolución por la cual concede el recurso en alzada y la parte que viene en apelar, a fin de no dilatar la tramitación de autos, aténgase a lo que se resolverá. Al folio N° 2
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