MARIA CRISTINA FLORES MARTINEZ CONTRA VALTER MORO, LEONIDAS ANDRES ROMERO SAEZ, RUTH VALLEJOS, MANUEL RIQUELME TORRES, MAURICIO RODRIGO SILVA BARRA, MIRIAN MAGDALENA TORRES BASTIAS
Rol
Fecha
9 de julio de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO, ÚNICAMENTE, PRESENTE: 1º. Que, mediante resolución dictada en audiencia de 27 de mayo de 2021, se rechazó, entre otras, la petición de la defensa de Valter Moro en orden a decretar su sobreseimiento definitivo de esta causa conforme a las letras a) y b) del artículo 250 del Código Procesal Penal, iniciada por los delitos de asociación ilícita, apropiación indebida, abuso contra particulares, estafa y cohecho, seguidos en causa RIT 3013-2016, ante el Juzgado de Garantía de Coronel. 2°. Que, el letrado Martín Besio Hernández, Defensor Penal Privado del citado imputado, interpuso apelación en contra de la citada resolución, indicando, en esencia, que no existe ningún antecedente de la carpeta de investigación que vincule personalmente a su representado -incluso indirectamente- con alguno de los hechos imputados en la causa, dado que las imputaciones que se efectúan en su contra se basan en la función y cargo al interior de ENDESA (después ENEL Generación SA), esto es, -como se sostiene expresamente en las tres querellas de esta causa- “en su calidad de gerente general y representante legal de Empresa Nacional de Electricidad S.A.”, criterio de imputación más propio de la responsabilidad civil, pero no jurídico-penal, en tanto ésta última –siempre de carácter personal- exige una intervención personal en los hechos que se imputan como delito. Añade que en ninguna de las querellas de esta causa se atribuye a don Valter Moro algún tipo de intervención directa (ni, incluso, indirecta) en los hechos que estiman como delitos. Su nombre no se menciona en los hechos, esto es, en el relato fáctico de las querellas, sólo aparece mencionado al inicio y final de las querellas en los apartados en que se individualizan a todos los querellados. Precisa que luego de más de 4 años de investigación, no consta en ningún antecedente (ni en documentos, ni en declaraciones de testigos, ni siquiera en las declaraciones de los propios querellantes) una intervención persona
Fallo
Por estas consideraciones, disposiciones legales citadas y visto, además, lo dispuesto en los artículos 352 y siguientes del Código Procesal Penal, se REVOCA, sin costas, la resolución apelada de veintisiete de mayo de dos mil veintiuno, que rechazó decretar el sobreseimiento definitivo, entre otros, en favor de VALTER MORO, en causa seguida ante el Juzgado de Garantía de Coronel, RIT 3013-2016, y en su lugar se declara que se acoge la petición de la defensa del citado imputado, Sr. MORO, decretándose sólo a su respecto el sobreseimiento definitivo y total respecto de los hechos que le fueron imputados en la causa antes referida. Regístrese, insértese en la carpeta virtual, léase en la audiencia fijada al efecto y devuélvase. Redactó el Abogado Integrante Sr. Ortiz. Rol 515-2021 Penal.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción Concepción, nueve de julio de dos mil veintiuno. VISTO Y TENIENDO, ÚNICAMENTE, PRESENTE: 1º. Que, mediante resolución dictada en audiencia de 27 de mayo de 2021, se rechazó, entre otras, la petición de la defensa de Valter Moro en orden a decretar su sobreseimiento definitivo de esta causa conforme a las letras a) y b) del artículo 250 del Código Procesal Penal, iniciada por lo
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