SIN INFORMACION

SANDOVAL/1° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

Rol

Fecha

9 de julio de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y tendiendo presente: Primero: Que comparece el abogado Rodrigo Quevedo Tello, en representación de la parte demandante, en autos sobre tutela laboral, RIT T-287-2021, seguidos ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, caratulados “Sandoval con Construmart S.A.” quien interpone recurso de hecho en contra de la resolución de 4 de junio de 2021, dictada en audiencia preparatoria, que declaró inadmisible el recurso de apelación verbal deducido en contra de la resolución de la misma fecha, que a su vez, tuvo por renunciada a la acción subsidiaria de despido injustificado y las acciones de nulidad de despido y cobro de prestaciones laborales, a fin que se declare admisible el referido recurso de apelación. Segundo: Que fundamentando su recurso, señala en síntesis, que la resolución apelada consiste en la declaración de oficio del tribunal respecto a la incompatibilidad de acciones, estimando que su parte habría renunciado al ejercicio de la acción subsidiaria de despido injustificado y las acciones de nulidad de despido y cobro de prestaciones laborales, en virtud del inciso séptimo del artículo 489 del Código del Trabajo. Expone el tribunal denegó el recurso de apelación por estimar que la resolución impugnada no es de aquellas que hacen admisible tal recurso, según lo dispuesto en el artículo 476 del Código del Trabajo, no resultando pertinente equiparar los conceptos juicio y acciones, entendiendo por tanto que el juicio no se encuentra terminando, al mantenerse vigente la acción de tutela laboral interpuesta. Sostiene que al considerar renunciada completamente la demanda subsidiaria, la resolución impugnada es una sentencia interlocutoria que resuelve un incidente dentro del juicio, en que el tribunal está poniendo fin o haciendo imposible la continuación del juicio que versa sobre despido injustificado, cumpliéndose de este modo el requisito de procedencia que impone el artículo 476 inciso 1º del Código del Trabajo. Tercero: Que informando

Fallo

por tanto que el juicio no se encuentra terminando, al mantenerse vigente la acción de tutela laboral interpuesta. Sostiene que al considerar renunciada completamente la demanda subsidiaria, la resolución impugnada es una sentencia interlocutoria que resuelve un incidente dentro del juicio, en que el tribunal está poniendo fin o haciendo imposible la continuación del juicio que versa sobre despido injustificado, cumpliéndose de este modo el requisito de procedencia que impone el artículo 476 inciso 1º del Código del Trabajo. Tercero: Que informando don Mauricio Iván Pontino Cortés, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en lo pertinente expone que la apelación interpuesta no resultaba procedente, dado que el juicio proseguiría respecto de la acción de tutela, fijándose incluso los hechos no controvertidos y controvertidos y cada parte ofreció prueba, lo que demuestra claramente que no se ha puesto término al juicio ni se ha impedido su prosecución. Precisa que conforme al artículo 476 del Código del Trabajo son susceptibles de apelación las sentencias interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, hipótesis no concurrente en la especie pues el juicio continuará respecto de la denuncia de tutela y los conceptos de “acción” y “juicio” son procesalmente distintos y no procede asimilarlos para estos efectos, por lo que se declaró inadmisible la apelación, por improcedente. Cuarto: Que el artículo 476 del Código del

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C.A. de Santiago Santiago, nueve de julio de dos mil veintiuno. Al folio 8: a sus antecedentes. Al folio 9: téngase presente. Vistos y tendiendo presente: Primero: Que comparece el abogado Rodrigo Quevedo Tello, en representación de la parte demandante, en autos sobre tutela laboral, RIT T-287-2021, seguidos ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, caratulados “Sandoval con Cons

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