1º JUZGADO DE LETRAS DE OVALLE

ROHDE ITURRA, HERBERT / CONSTRUCTORA SANTA BEATRIZ

Rol

Fecha

9 de julio de 2021

Materia

CONFESIÓN DE DEUDA, CITACIÓN

Resultado

DESIERTO

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Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, la certificación de siete de julio de dos mil veintiuno y conforme lo dispuesto en los artículos 200 y 201 del Código de Procedimiento Civil y 2° transitorio de la Ley 20.886, téngase por DESIERTO el recurso de apelación deducido por el abogado de la parte demandada en contra de la resolución de seis de junio de dos mil veintiuno. Acordado con el voto en contra del Abogado Integrante señor Fonseca, al estimar que, conforme lo dispuesto en el artículo 12 N° 21 y 22 de la Ley N° 20.886 que modificó la redacción de los artículos 200 y 201 del Código de Procedimiento Civil, respectivamente, se ha eliminado la carga procesal que pesaba sobre el apelante de hacerse parte en segunda instancia, debiendo en consecuencia proseguirse con la tramitación de la presente causa en esta instancia. Devuélvase por interconexión Rol N° 512-2021 Civil.- Pronunciado por la Primera Sala de esta Corte de Apelaciones, integrada por el Ministro titular señor Christian Le-Cerf Raby, el Ministro suplente señor Iván Corona Albornoz y el abogado integrante señor Jorge Fonseca Dittus. En La Serena, a nueve de julio de dos mil veintiuno, notifiqué por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

La Serena, nueve de julio de dos mil veintiuno. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, la certificación de siete de julio de dos mil veintiuno y conforme lo dispuesto en los artículos 200 y 201 del Código de Procedimiento Civil y 2° transitorio de la Ley 20.886, téngase por DESIERTO el recurso de apelación deducido por el abogado de la parte demandada en contra de la resolución de seis d

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