SOTO LOPEZ FERNANDO/ INMOBILIARIA MIRAFLORES DEL CENTRO S.A.
Rol
Fecha
8 de julio de 2021
Materia
OTROS SUMARIOS
Resultado
CONFIRMADA, CON DECLARACIÓN
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción del
Fundamentos
considerando trigésimo tercero. Y en su lugar se tiene además presente: Atendido el mérito de los antecedentes, y especialmente el peritaje que obra en autos, se confirma la sentencia en alzada que rola a fojas 400 y siguientes, dictada con fecha nueve de abril de dos mil diecinueve por el Quinto Juzgado Civil de Santiago, con declaración: 1) En cuanto al monto ordenado pagar por concepto de indemnización por daño emergente, los reajustes se deberán desde la fecha de la notificación de la demanda y hasta el mes anterior al pago efectivo. 2) En cuanto a los intereses, éstos deberán ser para operaciones reajustables y a contar desde que la sentencia cause ejecutoria hasta su pago efectivo. Se confirma la sentencia en lo demás apelado. Se previene que la Ministro (S) María Paula Merino Verdugo, estuvo por ordenar pagar los reajustes desde el mes anterior a que el
Fallo
fallo esté ejecutoriado y hasta el mes anterior del pago efectivo, y los intereses desde que el fallo esté ejecutoriado hasta el pago efectivo. Regístrese y comuníquese. N°Civil-8187-2019.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, ocho de julio de dos mil veintiuno. A los folios N° 31 y 32: a todo, téngase presente. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción del considerando trigésimo tercero. Y en su lugar se tiene además presente: Atendido el mérito de los antecedentes, y especialmente el peritaje que obra en autos, se confirma la sentencia en alzada que rola a fojas 400 y siguien
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