JUZGADO DE COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL SANTIAGO

ALVARADO CON RIVAS

Rol

Fecha

9 de julio de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que, atendido lo dispuesto en el artículo 472 del Código del Trabajo, las resoluciones que se dicten en los procedimientos regulados en el párrafo 4°, intitulado “Del cumplimiento de la sentencia y de la ejecución de los títulos ejecutivos laborales” serán inapelables, salvo lo dispuesto en el artículo 470, cuyo no es el caso, no pudiendo el presente recurso ser acogido a tramitación, toda vez que se trata de reglas especiales del juicio ejecutivo de cobranza laboral, que priman por sobre aquellas que regulan los recursos admisibles durante el juicio declarativo seguido ante el juez de letras del trabajo. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 472 de Código del Trabajo, se declara inadmisible la apelación interpuesta el veintitrés de junio de dos mil veintiuno, en contra de lo pertinente de la resolución de dieciocho de junio del mismo año. Regístrese y comuníquese, vía interconexión. N°Laboral - Cobranza-2125-2021.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 472 de Código del Trabajo, se declara inadmisible la apelación interpuesta el veintitrés de junio de dos mil veintiuno, en contra de lo pertinente de la resolución de dieciocho de junio del mismo año. Regístrese y comuníquese, vía interconexión. N°Laboral - Cobranza-2125-2021.

Texto Completo (Preview)

mplb C.A. de Santiago Santiago, nueve de julio de dos mil veintiuno. Al folio 2; aténgase a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que, atendido lo dispuesto en el artículo 472 del Código del Trabajo, las resoluciones que se dicten en los procedimientos regulados en el párrafo 4°, intitulado “Del cumplimiento de la sentencia y de la ejecución de los títulos ejecutivos laborales” serán i

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