DIAZ/INDUSDOR SPA
Rol
Fecha
7 de julio de 2021
Materia
PRESTACIONES
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos: Por sentencia de fecha catorce de octubre del año dos mil veinte, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT N° O-6701-2019, se acogió totalmente la demanda interpuesta por Natalie Díaz Arias en contra de Indusdor SPA, con costas. Contra este fallo la parte demandada dedujo recurso de nulidad, por las siguientes causales: 1) la del artículo 478 letra c); 2) subsidiariamente y de forma conjunta entre sí, las causales de los artículos 478 letra e) y 477, inciso 1°, segunda parte; 3) subsidiariamente y para el evento de estimarse que las causales de los artículos 478 letra e) y 477, inciso 1°, segunda parte no pueden interponerse conjuntamente, invocó por sí sola la causal del artículo 478 letra e); y 4) subsidiariamente y para el evento de estimarse que las causales de los artículos 478 letra e) y 477, inciso 1°, segunda parte no pueden interponerse conjuntamente, invocó por sí sola la causal del artículo 477, inciso 1°, segunda parte, todas del Código del Trabajo. El recurso fue declarado admisible, procediéndose a su vista, oportunidad en que alegó solamente el apoderado de la recurrente.
Fundamentos
Considerando: Primero: Que la demandada hace valer la causal del artículo 478 letra c) del Código del Trabajo, por ser necesaria la alteración de la calificación jurídica de los hechos, sin modificar las conclusiones fácticas del tribunal inferior. Fundamenta la causal en que el
Fallo
fallo la parte demandada dedujo recurso de nulidad, por las siguientes causales: 1) la del artículo 478 letra c); 2) subsidiariamente y de forma conjunta entre sí, las causales de los artículos 478 letra e) y 477, inciso 1°, segunda parte; 3) subsidiariamente y para el evento de estimarse que las causales de los artículos 478 letra e) y 477, inciso 1°, segunda parte no pueden interponerse conjuntamente, invocó por sí sola la causal del artículo 478 letra e); y 4) subsidiariamente y para el evento de estimarse que las causales de los artículos 478 letra e) y 477, inciso 1°, segunda parte no pueden interponerse conjuntamente, invocó por sí sola la causal del artículo 477, inciso 1°, segunda parte, todas del Código del Trabajo. El recurso fue declarado admisible, procediéndose a su vista, oportunidad en que alegó solamente el apoderado de la recurrente. Considerando: Primero: Que la demandada hace valer la causal del artículo 478 letra c) del Código del Trabajo, por ser necesaria la alteración de la calificación jurídica de los hechos, sin modificar las conclusiones fácticas del tribunal inferior. Fundamenta la causal en que el fallo estableció la existencia de relación laboral, en circunstancias que no correspondía tal calificación jurídica, en base a toda la prueba rendida, pues no se configuraban los indicios de relación laboral. Segundo: Que subsidiariamente, la recurrente invocó las causales conjuntas del artículo 478 letra e) por omisión del artículo 459 N° 4 y la caus
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C.A. de Santiago Santiago, siete de julio de dos mil veintiuno. Vistos: Por sentencia de fecha catorce de octubre del año dos mil veinte, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT N° O-6701-2019, se acogió totalmente la demanda interpuesta por Natalie Díaz Arias en contra de Indusdor SPA, con costas. Contra este fallo la parte demandada dedujo recurso de
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