SIN INFORMACION

POBLETE LINCOÑIR BASTIAN STEVEN/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

7 de julio de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece doña Fabiola Camila Romo Lagos, abogada, en favor de Bastián Steven Poblete Lincoñir, e interpone acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional que sesionó en abril de dos mil veintiuno, correspondiente a la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, a objeto que se conceda de manera inmediata la libertad condicional del amparado. Expone que el amparado cumple una condena de 5 años y un día por el delito de robo con intimidación, y de 3 años y 1 día por el delito de robo con violencia, iniciando aquellas el 03 de noviembre de 2017, estimándose como fecha de término el 23 de enero de 2024. Alega que, a pesar de cumplir con todos los requisitos para optar al beneficio de la libertad condicional, la postulación fue rechazada por contar con un informe psicosocial desfavorable, el que habría omitido pronunciamiento respecto de los antecedentes que favorecen al amparado. SEGUNDO: Que, informando, la Ministra María Loreto Gutiérrez Alvear, Presidente de la Comisión de Libertad Condicional, señala que por unanimidad se rechazó la concesión del beneficio al amparado, pues, si bien el postulante ha permanecido privado de libertad por el tiempo mínimo para acceder al beneficio y además mantiene conducta intachable durante los cuatro últimos bimestres de su condena, cumpliéndose los requisitos que establecen los números 1 y 2 del artículo 2 del Decreto Ley N° 321, sin embargo, los antecedentes dan cuenta de la existencia de factores de riesgo de reincidencia que desaconsejan, por ahora, otorgarle el beneficio solicitado. En concreto, se trata de un interno respecto del cual se identifican en su evaluación elementos de riesgo medio en área de pares, consumo de alcohol-drogas, actitud y orientación procriminal. Es menester indicar que ha disminuido durante el proceso varios factores, integrando recientemente pensamiento prosocial. Cabe además indicar que recién en febrero del presente año co

Fundamentos

considerando además el tiempo que aún le resta para concluir la sanción penal, todo lo cual impide, por ahora, tener por probado que el postulante haya demostrado avances en su proceso de reinserción social. TERCERO: Que, Gendarmería de Chile remite los antecedentes enviados a la Comisión de Libertad Condicional recurrida, en los que se establece que Bastián Steven Poblete Lincoñir, cumple una condena de cinco años y un día por el delito de robo con intimidación y otra de tres años y un día por el delito de robo con violencia, consignando el inicio de aquellas el 03 de noviembre de 2017, siendo la fecha de término de este el 23 de enero de 2024. Registra el beneficio de salida dominical desde el 21 de febrero de 2021. Refiere que el condenado ha mantenido una conducta calificada como “Muy Buena” desde el bimestre julio – agosto de 2020 hasta la fecha. Del informe psicosocial acompañado se desprende que el interno presenta un nivel de riesgo de reincidencia medio con necesidades altas de intervención que se encuentran en fase de mantención de los cambios iniciados. En ámbito de la actitud y orientación procriminal, ha tenido avances respecto a sus creencias, flexibilizando sus estructuras de pensamiento asociadas a la actividad ilícita, integrando pensamiento prosocial respecto de sus metas futuras. En relación a la conciencia del delito y del daño, el interno, mediante un estilo de atribución caracterizado por un locus de control interno, exhibe una suficiente capacidad para ver de manera global el grado de responsabilidad sobre la conducta delictual. Asume la participación y las motivaciones que gatillaron los actos delictivos cometidos. Esto advierte una favorable evolución en la conciencia del delito y la identificación con el ámbito criminal. Por otra parte, visualiza a las víctimas y las consecuencias emocionales y materiales para ellas posterior a la agresión. Denota desarrollo de procesos empáticos. Asimismo, el interno, a través del interés en el trabajo, tanto en el medio libre con en el estado de encierro, lo ubica en un estado motivacional de acción-mantención. Respecto a la resolución de conflictos se encuentra entrenando repertorio alternativo para responder a situaciones de estrés, tendiendo a desplegar respuestas asertivas en un marco de autorregulación y evaluación de consecuencias, donde además intenta lidiar de manera consciente con su tolerancia a la frustración. La exploración de estos mecanismos de afrontamiento, han permitido sostener los cambios en sus cogniciones más allá de la adherencia o cumplimiento de la doctrina evangélica que lo sostuvo emocionalmente en un inicio para impulsar procesos de modificación conductual. Logra autonomía frente a los pares, ya no desde el aislamiento social, sino desde un estilo relacional de autoconfianza respecto de sus metas y toma de decisiones. Tiene una red de apoyo que impresiona lo suficiente en términos generales, constituyéndose en un entramado nutrido, tanto en términos afectivos

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, se rechaza la acción constitucional de amparo interpuesta a favor de Bastián Steven Poblete Lincoñir. Regístrese, comuníquese y archívese. N° 1791-2021 penal

Texto Completo (Preview)

Santiago, siete de julio de dos mil veintiuno. Al folio N° 6: a lo principal y primer otrosí, téngase presente; al segundo otrosí, a sus antecedentes. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece doña Fabiola Camila Romo Lagos, abogada, en favor de Bastián Steven Poblete Lincoñir, e interpone acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional que sesionó en abr

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