PÉREZ/TRANSPORTES BOLIVAR LIMITADA - VUELVE A TABLA
Rol
Fecha
7 de julio de 2021
Materia
PRESTACIONES
Resultado
DE FALLO
Hechos
Vistos: Se sustanció esta causa RIT O-524-2019, RUC 19-4-0208208-1 del Juzgado de Letras de Colina, caratulada “Pérez y otros con Transportes Bolívar y otros”, en juicio por Despido Injustificado y Cobro de Prestaciones. Por sentencia de cuatro de marzo del año recién pasado, se acogió la demanda deducida; y en lo pertinente, declaró que los demandantes se desempeñaron bajo régimen de subcontratación para las demandadas Minera Escondida Limitada y Anglo American Sur SA, condenando a estas últimas al pago de las prestaciones que indica en su parte resolutiva, de manera subsidiaria, sin costas. Contra ese fallo, las demandadas solidarias y demandante, deducen recurso de nulidad; en el caso de la demandada, Anglo American Sur SA, por la causal del artículo 477, por infracción de ley; la demandada Minera Escondida Limitada por la causal de nulidad del articulo 477 por infracción de ley y, en subsidio, 478 letra b); y la parte demandante, únicamente, por la causal del artículo 477, en su extremo infracción de ley, todas del Código del Trabajo. Declarados admisibles los recursos, se incorporaron a la tabla de esta Sala y en la audiencia respectiva, alegaron los apoderados de todas las partes.
Fundamentos
Considerando: I.- En cuanto del Recurso de Nulidad de la parte demandada Anglo American Sur SA.- 1°) Que, esta demandada fundó su recurso de invalidación, en la causal del artículo 477 del Código del Trabajo por infracción de ley, específicamente al artículo 183 letra B del Código del ramo. Argumenta que el sentenciador debió aplicar el límite temporal de responsabilidad alegado, respecto de la indemnización sustitutiva del aviso previo, las indemnizaciones por años de servicio, en lo pertinente, las remuneraciones correspondientes a los 7 días del mes de junio de 2019, y la Ley Bustos, respecto de Nibaldo Álvarez Cruces y Luis Pérez González, quedando fuera del ámbito de su responsabilidad, las prestaciones devengadas y sanciones correspondientes al período en que no existió régimen de subcontratación. Refiere que el juez del grado, no acogió su alegación de limitación temporal y condenó a su representada a pagar de manera subsidiaria, todas las prestaciones a que fue condenada la demandada principal, Transportes Bolívar, a pesar de que los documentos enunciados en el
Fallo
fallo dejan establecido que el régimen de subcontratación se extendió desde el 01 de febrero de 2016 hasta el 31 de mayo de 2019, infringiendo así lo dispuesto en la normativa laboral, ya que, debió dejar fuera del ámbito de su responsabilidad, en relación a los actores ya mencionados, la indemnización sustitutiva del aviso previo; la indemnización por años de servicio en el período en que no existió subcontratación, esto es, antes del 01 de febrero de 2016 y después del 31 de mayo de 2019; recargo legal; las remuneraciones correspondientes a los 7 días del mes de junio de 2019; y la sanción por Ley Bustos. Estas prestaciones y sanción se devengaron con anterioridad o posterioridad a la terminación de los servicios bajo régimen de subcontratación, esto es antes del 01 de febrero de 2016 y después del 31 de mayo de 2019. 2°) Que, como reiteradamente se ha sostenido por esta Corte, la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, sobre infracción de ley, tiene como finalidad velar porque el derecho sea correctamente aplicado a los hechos o al caso concreto determinado en la sentencia. En otras palabras, su propósito esencial está en fijar el significado, alcance y sentido de las normas, en función de los hechos que se ha tenido por probados. 3°) Que desde este punto de vista lo que se hace a través de, la infracción de ley, como causal de nulidad, es, la confrontación de la sentencia con la ley llamada a regular el litigio, lo que supone, la fidelidad a los hechos probados e
Texto Completo (Preview)
Santiago, siete de julio de dos mil veintiuno. Vistos: Se sustanció esta causa RIT O-524-2019, RUC 19-4-0208208-1 del Juzgado de Letras de Colina, caratulada “Pérez y otros con Transportes Bolívar y otros”, en juicio por Despido Injustificado y Cobro de Prestaciones. Por sentencia de cuatro de marzo del año recién pasado, se acogió la demanda deducida; y en lo pertinente, declaró que los demanda
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica