JUZGADO DE LETRAS DE MARIQUINA

TRANSPORTES TAMAYO SPA/BECERRA

Rol

Fecha

7 de julio de 2021

Materia

ARRENDAMIENTO, PREDIOS RÚSTICOS

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Atendido que para otorgar la tutela cautelar solicitada y afectar el patrimonio de la contraparte es necesario que la prohibición se refiera a bienes determinados del demandado, presupuesto que en la especie no se encuentra acreditado;

Fundamentos

considerando que los documentos acompañados en esta instancia en nada alteran lo resuelto por el Juez del grado, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 186, 290, 296, 297, 298 y 302 del Código de Procedimiento Civil, se CONFIRMA la resolución apelada de fecha ocho de marzo de dos mil veintiuno. Acordada con el voto en contra de la Fiscal Judicial señora Gloria Hidalgo Álvarez quien estuvo por revocar la resolución en alzada, en atención a que la medida precautoria solicitada recae sobre bienes objeto del contrato, hipótesis prevista en el artículo 296 del Código de Procedimiento Civil. Redacción a cargo del Ministro señor Luis Aedo Mora. Comuníquese. N°Civil-231-2021.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valdivia Valdivia, siete de julio de dos mil veintiuno. VISTOS: Atendido que para otorgar la tutela cautelar solicitada y afectar el patrimonio de la contraparte es necesario que la prohibición se refiera a bienes determinados del demandado, presupuesto que en la especie no se encuentra acreditado; considerando que los documentos acompañados en esta instancia en nada alteran lo resuelto p

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica