2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

ULLOA/VCGP ASTALDI INGENIERIA Y CONSTRUCCION LIMITADA

Rol

Fecha

6 de julio de 2021

Materia

DESPIDO INJUSTIFICADO

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: En estos autos, RIT O-6289-2019, RUC 19-4-0217465-7 del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, caratulados “ULLOA CON VCGP ASTALDI INGENIERIA Y CONSTRUCCION LIMITADA” en procedimiento ordinario de aplicación general por despido injustificado y cobro de prestaciones laborales; por sentencia de treinta de octubre de dos mil veinte, la jueza titular de ese tribunal doña Lorena Flores Canevaro, acogió parcialmente la demanda y ordenó a la empleadora pagar una suma de dinero por concepto de remuneraciones adeudadas, sin costas. En contra de dicha sentencia, la demandada principal dedujo recurso de nulidad fundado en las causales previstas en el artículo 478 letra b) del Código del Trabajo y en subsidio la del artículo 478 letra e) del Código del Trabajo en relación con el artículo 459 Nº 4 del mismo texto legal. Declarado admisible el recurso, se procedió a su vista, oportunidad en que alegó únicamente el apoderado de la parte recurrente.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurrente invoca y desarrolla en su libelo, como primera causal, la del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, fundada en que la sentencia fue pronunciada con infracción manifiesta de las normas sobre la apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica al negar valor probatorio al comprobante de pago incorporado por su parte y que acredita el pago de $365.474, suma a la fue condenado a pagar por la sentencia definitiva. Explica que la sentencia, en su motivo noveno, no analiza conforme a las reglas de la sana crítica, el comprobante de pago de 27 de junio de 2019, que acredita que su parte pagó la cantidad de $365.474, por concepto de remuneración al demandante, Alega que la sentencia recurrida sólo refiere al pago de la suma $284.000, señalando que no se acreditó otro pago, situación que no es efectiva, porque incorporó en la audiencia de juicio, los dos comprobantes de pago, el primero de fecha 14 de junio de 2018, por la suma de $280.000 y el segundo de fecha 27 de junio de 2019, por la suma de $365.474, el que no fue analizado conforme a las reglas de la sana crítica y que ni siquiera se menciona en la sentencia. Asegura que de haberse valorado toda la prueba rendida en juicio, conforme a las reglas de la sana crítica, principalmente las de coherencia y derivación, se habría podido concluir que la remuneración del actor del mes de junio de 2019, se encuentra pagada, mediante las transferencias de 14 de junio y 27 de junio de 2019. Pide se anule la sentencia y se dicte la correspondiente de reemplazo, que rechace la demanda, en todas sus partes, con costas. SEGUNDO: Que para que se configure la causal de invalidación deducida por la parte demandada, esto es, la letra b) del artículo 478 del Código del Trabajo, es necesario que concurran dos requisitos copulativos: a saber: que la sentencia se haya dictado con infracción a las reglas de la sana crítica; y que ésta sea manifiesta, es decir, sea evidente y notoria de la lectura del fallo. TERCERO: Que por otra parte, debe tenerse presente, que al dictar sentencia en materia laboral, los jueces deben valorar la prueba presentada en el juicio, conforme lo dispone el inciso segundo del artículo 456 del Código del Trabajo, que señala que: “deberá expresar las razones jurídicas y las simplemente lógicas, científicas, técnicas o de experiencia, en cuya virtud les asigne valor o las desestime. En general, tomará en especial consideración la multiplicidad, gravedad, precisión, concordancia y conexión de las pruebas o antecedentes del proceso que utilice, de manera que el examen conduzca lógicamente a la conclusión que convence al sentenciador”. CUARTO: Desde esta perspectiva, quien pretenda una revisión de ese tipo debe satisfacer el imperativo de demostrar la vulneración de tales reglas. Por lo mismo, resulta indispensable que no solo las identifique o señale; además de explicar cómo y por qué se habrían vulnerado en el caso; qué hechos especí

Texto Completo (Preview)

Santiago, seis de julio del año dos mil veintiuno. VISTOS: En estos autos, RIT O-6289-2019, RUC 19-4-0217465-7 del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, caratulados “ULLOA CON VCGP ASTALDI INGENIERIA Y CONSTRUCCION LIMITADA” en procedimiento ordinario de aplicación general por despido injustificado y cobro de prestaciones laborales; por sentencia de treinta de octubre de dos mil vein

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica