SCOTIABANK-CHILE CON CLAUDIO ANTONIO VERGARA VALENZUELA
Rol
Fecha
6 de julio de 2021
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
RECHAZA CASACIÓN-CONFIRMA SENT
Hechos
VISTOS: En estos autos rol N° 2527-2019, del Tercer Juzgado Civil de San Miguel, caratulados “Scotiabank-Chile con Vergara”, procedimiento ejecutivo sobre cobro de pagaré, por sentencia de veinticuatro de marzo de dos mil veinte, la jueza suplente de dicho tribunal acogió parcialmente la excepción de prescripción opuesta por el ejecutado, solo en cuanto se declaran prescritas las cuotas con vencimiento entre el 30 de octubre de 2018 y 30 de noviembre de 2018, rechazándose la excepción de prescripción en todo lo demás; omitió pronunciamiento respecto de la excepción deducida de manera subsidiaria y ordenó seguir adelante con la ejecución hasta hacer entero y cumplido pago de lo adeudado. En contra de esta decisión el ejecutado dedujo recursos de casación en la forma y de apelación. Se trajeron los autos en relación.
Fundamentos
CONSIDERANDO: I.- EN CUANTO AL RECURSO DE CASACIÓN EN LA FORMA: PRIMERO: Que para sustentar su arbitrio de nulidad el recurrente invoca el numeral 5° del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, en relación con el 170 numerales 3°, 4°, 5° y 6° del mismo cuerpo legal. Argumenta que la sentencia impugnada no enunció todas las excepciones o defensas alegadas por el demandado y omitió señalar la referencia a lo prescrito en el DL 3.475 especialmente en sus arts. 1, 2, 5, 6, 7, 8, 9, 14, 15; N° 2 y 3°, 17 y 18 y 26. Asevera que el ejecutante, no cumplió con la emisión en formularios impresos, numerados y timbrados conforme lo dispone la Circular Nº 72 del año 1980 en relación estricta con el DL 3.475 ya mencionado. Todo lo anterior se encuentra establecido en los artículos ya mencionados, argumentos que no fueron expuestos adecuadamente en los considerándoos del
Fallo
se declaran prescritas las cuotas con vencimiento entre el 30 de octubre de 2018 y 30 de noviembre de 2018, rechazándose la excepción de prescripción en todo lo demás; omitió pronunciamiento respecto de la excepción deducida de manera subsidiaria y ordenó seguir adelante con la ejecución hasta hacer entero y cumplido pago de lo adeudado. En contra de esta decisión el ejecutado dedujo recursos de casación en la forma y de apelación. Se trajeron los autos en relación. CONSIDERANDO: I.- EN CUANTO AL RECURSO DE CASACIÓN EN LA FORMA: PRIMERO: Que para sustentar su arbitrio de nulidad el recurrente invoca el numeral 5° del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, en relación con el 170 numerales 3°, 4°, 5° y 6° del mismo cuerpo legal. Argumenta que la sentencia impugnada no enunció todas las excepciones o defensas alegadas por el demandado y omitió señalar la referencia a lo prescrito en el DL 3.475 especialmente en sus arts. 1, 2, 5, 6, 7, 8, 9, 14, 15; N° 2 y 3°, 17 y 18 y 26. Asevera que el ejecutante, no cumplió con la emisión en formularios impresos, numerados y timbrados conforme lo dispone la Circular Nº 72 del año 1980 en relación estricta con el DL 3.475 ya mencionado. Todo lo anterior se encuentra establecido en los artículos ya mencionados, argumentos que no fueron expuestos adecuadamente en los considerándoos del fallo recurrido. Así, en las consideraciones de hecho y derecho que sirven de fundamento a la sentencia, no se consideró ni resolvió lo esgrimido
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San Miguel, seis de julio de dos mil veintiuno. VISTOS: En estos autos rol N° 2527-2019, del Tercer Juzgado Civil de San Miguel, caratulados “Scotiabank-Chile con Vergara”, procedimiento ejecutivo sobre cobro de pagaré, por sentencia de veinticuatro de marzo de dos mil veinte, la jueza suplente de dicho tribunal acogió parcialmente la excepción de prescripción opuesta por el ejecutado, solo en cu
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