SIN INFORMACION

LONGO S.A./MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS DIRECCION DE AGUAS

Rol

Fecha

6 de julio de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: 1.- Que, conforme lo dispone el artículo 137 del Código de Aguas, las resoluciones de la Dirección General de Aguas podrán reclamarse ante la Corte de Apelaciones de Santiago, dentro del plazo de treinta días, contados desde su notificación. 2.- Que el acto que motiva el recurso es la resolución D.G.A. (Exenta) N°427 de fecha diecisiete de marzo de dos mil veintiuno de la Dirección General de Aguas, la que se tuvo por notificada al recurrente en esa misma fecha, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 139 del Código de Aguas, toda vez que no designó domicilio dentro de los límietes urbanos del lugar en que funciona la oficina donde efectuó su presentación. 3.- Que el recurso fue presentado el dieciocho de junio del año en curso, transcurrido con creces el plazo señalado en el

Fundamentos

considerando primero, razón por la cual no puede ser acogido a tramitación, por extemporáneo. Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 137 del Código de Aguas,

Fallo

se declara inadmisible por extemporáneo, el recurso de reclamación interpuesto en lo principal de la presentación folio 1. Archívese. N°Contencioso Administrativo-337-2021.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, seis de julio de dos mil veintiuno. (dia) Al folio 2: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: 1.- Que, conforme lo dispone el artículo 137 del Código de Aguas, las resoluciones de la Dirección General de Aguas podrán reclamarse ante la Corte de Apelaciones de Santiago, dentro del plazo de treinta días, contados desde su notificación. 2.- Que el acto que

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica