MP C/ ORFELINA ESTER ALCAMAN LLANQUINAO
Rol
Fecha
5 de julio de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia,
Fundamentos
considerando esta Corte que se encuentran justificados los requisitos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación a los dos ilícitos por los que se ha formalizada a la imputada; y en cuanto al presupuesto de la letra c) del referido artículo, esto es, la necesidad de cautela, estos sentenciadores son del parecer que la medida impuesta por el Tribunal A Quo, resulta suficiente y pertinente al procedimiento, asegurando la persecución de sus fines, SE CONFIRMA la resolución apelada de fecha tres de julio de dos mil veintiuno, que decretó la medida cautelar de privación total en su domicilio, a la imputada ORFELINA ESTER ALCAMÁN LLANQUINAO. Comuníquese por la vía más rápida y agréguese a la carpeta digital. Rol N° Penal-656-2021 (pvb).
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, cinco de julio de dos mil veintiuno. A lo principal y otrosí de los escritos folios 3 y 6 y al escrito folio 4: Téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, considerando esta Corte que se encuentran justificados los requisitos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, e
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