MINISTERIO PUBLICO C/ JORGE ANDRES CHAVEZ PEZOA
Rol
Fecha
2 de julio de 2021
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO. ART. 442.
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: Don Richard Salazar Pavez, Defensor Penal Público, en representación del sentenciado Jorge Andrés Chávez Pezoa, en causa RIT 53-2020, RUC N° 1900350906-3, del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica, interpuso recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva dictada por dicho Tribunal, de veinticinco de mayo del año en curso, por la cual Chávez Pezoa fue condenado a sufrir la pena de cuatro años de presidio menor en su grado máximo, a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, y al pago de las costas del juicio, por su responsabilidad como autor del delito de robo con fuerza en las cosas cometido en lugar no habitado, perpetrado en esta ciudad el día 2 de abril de 2019. Funda el recurso en la causal de nulidad contemplada en la letra b) del artículo 373 del Código Procesal Penal, esto es, la errónea aplicación del derecho en relación a los artículos 7, 51 y 442 del Código Penal, al calificar los hechos como un delito de robo en lugar no habitado en grado de consumado debiéndolo haber sido en etapa de desarrollo de frustrado, imponiéndose a su defendido una pena superior a la que legalmente correspondía. Al efecto, reproduce la parte final el
Fundamentos
considerando décimo del
Fallo
fallo impugnado, en la que los jueces orales razonaron al asentar tal calificación, desestimando la tesis de la defensa, como también el inciso segundo del artículo 7 del Código punitivo, afirmando que su representado puso todo lo necesario para que el delito se consumara, pero por causas independientes de su voluntad (denuncia y labor policial), no pudo verificarse. A continuación desarrolla la teoría de la disposición, y la doctrina y jurisprudencia relativa a ella, señalando que en el presente caso el Tribunal dio por acreditado que los imputados “sacaron del lugar y trasladaron hasta el vehículo Honda Fit, para luego regresar los acusados al recinto. Fue en esas circunstancias en que concurrió al lugar personal de Carabineros, a raíz de lo cual el sujeto no identificado huyó del lugar a bordo del Honda Fit con las especies en su poder, sin perjuicio de lo cual, el personal policial sorprendió a los imputados en circunstancias en que éstos aún se encontraban al interior del recinto.”. El recurrente cita jurisprudencia, en virtud de la cual concluye que el Tribunal a quo al calificar los hechos como un delito en grado de ejecución de consumado incurre en un error, porque de los probados, en especial de la declaración de los testigos, se puede colegir que el momento de la consumación no se verificó, exclusivamente por la denuncia y el actuar policial o despliegue policial, al llegar al lugar donde se encontraba su defendido, en el inmueble de la víctima, “aun sustrayendo e
Texto Completo (Preview)
Arica, dos de julio de dos mil veintiuno. VISTO: Don Richard Salazar Pavez, Defensor Penal Público, en representación del sentenciado Jorge Andrés Chávez Pezoa, en causa RIT 53-2020, RUC N° 1900350906-3, del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica, interpuso recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva dictada por dicho Tribunal, de veinticinco de mayo del año en curso, por la cua
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