SIN INFORMACION

MENDIBLE CAMACHO AXEL EMANUEL/JEFATURA NACIONAL DE MIGRACIONES Y POLICIA INTERNACIONAL DE LA POLICIA DE INVESTIGACIONES DE CHILE

Rol

Fecha

1 de julio de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que comparece el abogado César Antonio Flores Muñoz, quien interpone acción constitucional de amparo en favor de AXEL EMANIEL MENDIBLE CAMACHO, ciudadano venezolano, y en contra de la POLICÍA DE INVESTIGACIONES DE CHILE, específicamente POLICÍA INTERNACIONAL, por el acto ilegal y arbitrario consistente en su retención, prohibición de ingreso al país y expulsión inmediata del territorio. Menciona como antecedentes de su recurso que el amparado hizo ingreso a Chile en el año 2018 y que durante el año 2019, se autodenunció por vencimiento de visa, pagó la multa y quedó a la espera de la resolución asociada a su causa. Agrega que viajó fuera del país por razones familiares, y que coincidió con la declaración de pandemia global asociada al Covid-19. Por lo anterior, solicitó la visa democrática en Consulado de Chile en la ciudad de Río de Janeiro, luego concurrió a Venezuela y con posterioridad a Colombia. Indica que el 06 de junio del presente año fue notificado de la Resolución Exenta folio número 21059031, del Departamento de Extranjería y Migración, que le permitía regularizar su situación migratoria en Chile, cuya parte resolutiva expresa: “1. TÉNGASE desistido todo trámite pendiente en materia migratoria, presentado por el extranjero Axel Emanuel Mendible Camacho, ante este Departamento de Extranjería y Migración y/o sus Gobernaciones Provinciales, para efectos de postular al proceso de regularización contemplado en el artículo 8° transitorio la Ley N° 21.325 de Migración y Extranjería 2. TRAMÍTASE la solicitud de regularización presentada por el extranjero ya individualizado, de acuerdo a lo contemplado en el numeral 2) de la Resolución Exenta N° 1769 de 20 de abril de 2021, de la Subsecretaría del Interior. 3. OTORGUESE permiso de trabajo, mientras la postulación se encuentre en trámite, para efectuar labores remuneradas lícitas, de acuerdo a lo previsto en el artículo 2) de la Resolución Exenta N°1769, de fecha 20 de abril de

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo presente, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la Republica y en el auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de amparo, se acoge, el recurso deducido en favor AXEL EMANIEL MENDIBLE CAMACHO en contra de Policía de Investigaciones, sólo en cuanto, se declara que se deja sin efecto cualquier medida que impida el ingreso al país del amparado, y se le autoriza a permanecer en Chile mientras tramita su solicitud de regularización. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-2501-2021.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, uno de julio de dos mil veintiuno. Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que comparece el abogado César Antonio Flores Muñoz, quien interpone acción constitucional de amparo en favor de AXEL EMANIEL MENDIBLE CAMACHO, ciudadano venezolano, y en contra de la POLICÍA DE INVESTIGACIONES DE CHILE, específicamente POLICÍA INTERNACIONAL, por el acto ilegal y arbitrario consisten

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