SIN INFORMACION

SAN FELIPE S.A./7 JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

Rol

Fecha

1 de julio de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Rodrigo Miranda Neyra, en representación de la demandante en juicio ordinario por indemnización de perjuicios, seguido ante el 7° Juzgado Civil de Santiago, Rol C-12102-2015, quien interpone verdadero recurso de hecho en contra de la resolución de 24 de marzo de 2021, que no concedió un recurso de apelación, en circunstancias que lo estima procedente. Menciona como antecedentes de su recurso, que con fecha 19 de febrero del presente año, su parte solicitó la declaración de prescripción del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, en contra de la sentencia definitiva, de conformidad al artículo 2° transitorio de la Ley N°20.886, y el artículo 211 del Código de Procedimiento Civil, aplicable al procedimiento. Indica que el tribunal rechazó su solicitud por resolución de 08 de marzo de 2021, razón por la cual interpuso un recurso de reposición con apelación subsidiaria el día 11 de ese mismo mes y año. Agrega que el tribunal resolvió la apelación, indicando no ha lugar por improcedente. Argumenta que la resolución recurrida tiene naturaleza jurídica de sentencia interlocutoria, pues resuelve el incidente de deserción de la apelación y confiere un derecho permanente de carácter procesal a favor de la demandada. En consecuencia, solicita se acoja el recurso y disponer que se declara admisible la apelación subsidiaria deducida. Segundo: Que informando la Juez Titular del Séptimo Juzgado Civil de Santiago señora Carolina Ramírez Reyes, menciona los antecedentes del procedimiento. Precisa que con fecha 8 de marzo de 2021, se desechó la solicitud de deserción del recurso de apelación deducido en contra de la sentencia definitiva, ordenando la remisión de los antecedentes a la respectiva Corte de Apelaciones para conocer de la referida apelación Explica que se denegó la concesión de los recursos de apelación interpuestos, por cuanto el derogado artículo 212 del Código de Procedimiento Civil, únicame

Fallo

se declara admisible la apelación subsidiaria deducida. Segundo: Que informando la Juez Titular del Séptimo Juzgado Civil de Santiago señora Carolina Ramírez Reyes, menciona los antecedentes del procedimiento. Precisa que con fecha 8 de marzo de 2021, se desechó la solicitud de deserción del recurso de apelación deducido en contra de la sentencia definitiva, ordenando la remisión de los antecedentes a la respectiva Corte de Apelaciones para conocer de la referida apelación Explica que se denegó la concesión de los recursos de apelación interpuestos, por cuanto el derogado artículo 212 del Código de Procedimiento Civil, únicamente contemplada la procedencia del recurso de reposición, y sólo para el evento de declararse prescrita la apelación, cuyo no era el caso, obligando a recurrir a las reglas generales sobre apelación. En tal orden, y de conformidad a los previsto en los artículos 158, 187 y 188 del citado Código, el tribunal denegó las apelaciones, por cuanto estima que la resolución que desecha un incidente como el de la especie, por un lado, no establece derechos permanentes a favor de las partes, ni sirve de base para el pronunciamiento de una sentencia definitiva ni interlocutoria; y por otro, tampoco altera la substanciación del proceso ni dispone trámites no contemplados en la ley, únicos supuestos bajo los cuales sería procedente el recurso de apelación. Tercero: Que la naturaleza jurídica de la resolución judicial que desechó la solicitud de declaración prescripci

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, uno de julio de dos mil veintiuno. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Rodrigo Miranda Neyra, en representación de la demandante en juicio ordinario por indemnización de perjuicios, seguido ante el 7° Juzgado Civil de Santiago, Rol C-12102-2015, quien interpone verdadero recurso de hecho en contra de la resolución de 24 de marzo de 2021, que no

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