ANDREA CELINDA MONSÁLVEZ EPUYAO CON DISTRIBUIDORA Y COMERCIAL ALVARADO Y TRIVIÑO LIMITADA
Rol
Fecha
1 de julio de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
DIRIMIDA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, habiendo la trabajadora prestado servicios en diferentes comunas de la Región Metropolitana y en todo el país, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 10 y 423 del Código del Trabajo, esta se encontraba habilitada para demandar ante el Juez correspondiente a su domicilio; y atendido lo dispuesto en el artículo 112 del Código Orgánico de Tribunales, se declara que es competente para conocer de estos autos el segundo Juzgado de Letras de Buin, al que deberá remitirse los antecedentes. Comuníquese lo resuelto al Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel. N°Laboral - Cobranza-186-2021.
Fallo
se declara que es competente para conocer de estos autos el segundo Juzgado de Letras de Buin, al que deberá remitirse los antecedentes. Comuníquese lo resuelto al Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel. N°Laboral - Cobranza-186-2021.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, uno de julio de dos mil veintiuno Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, habiendo la trabajadora prestado servicios en diferentes comunas de la Región Metropolitana y en todo el país, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 10 y 423 del Código del Trabajo, esta se encontraba habilitada para demandar ante el Juez correspondiente a su domicilio; y atendido lo dispuesto en e
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica