CAROLYN ALEJANDRA SAN MARTÍN CATALÁN. C/11º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO.
Rol
Fecha
30 de junio de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, con fecha veintiuno de junio del año en curso, doña Carolyn San Martín Catalán, Defensora Penal Privada, en causa RUC 1801289010-5, RIT 4237-2020, del 11° Juzgado de Garantía de Santiago, seguida por el delito de homicidio, deduce recurso de hecho en contra de la resolución de fecha 18 de junio de 2021, que le fue notificada mediante correo electrónico de igual fecha, por medio de la cual el tribunal a quo concedió la apelación interpuesta por el Ministerio Público, en contra de la resolución pronunciada con fecha 11 de junio de 2021, que decretó el sobreseimiento total y definitivo respecto de Cristopher Aguilar Ruiz. Sostiene que el Ministerio Público interpuso el referido recurso de apelación, careciendo para ello de los requisitos legales, que en el examen de admisibilidad, el tribunal a quo debe tener en consideración, ya que no señala la existencia de agravio en perjuicio del recurrente. Manifiesta que no se presume el agravio o perjuicio que puede ocasionar una resolución judicial, por lo que el recurrente debe señalar expresamente la manera o forma en que este se ha producido, cuestión que no ha ocurrido en el caso concreto. Solicita se deje sin efecto la resolución de fecha 18 de junio del año en curso, y declare inadmisible el recurso de apelación deducido por el Ministerio Público, por improcedente. Segundo: Que, al respecto, se tiene presente lo dispuesto en los artículos 253 y 370 letra b) del Código Procesal Penal, normativa que permite expresamente el referido recurso de apelación, razón por la que el presente arbitrio procesal no puede prosperar. Y de conformidad además con lo que disponen los artículos 52 del Código Procesal Penal y 203 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de hecho deducido por la defensa privada del imputado Aguilar Ruíz, en contra de la resolución dictada el dieciocho del actual que concedió el recurso de apelación en contra de aquella otra que sobreseyó
Texto Completo (Preview)
Certifico que se anunció y alegó en la Quinta Sala, contra el recurso de hecho el representante del Ministerio Público señor Marcos Pasten Campos. San Miguel, 30 de junio de 2021. Andrea Roman Bravo. Relatora. San Miguel, treinta de junio de dos mil veintiuno. Al escrito folio N° 49.832: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, con fecha veintiuno de junio del año en curso, do
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