SOCIEDAD CHILENA DE AUTORES E INTÉRPRETES MUSICALES/EPUYAO
Rol
Fecha
30 de junio de 2021
Materia
RECONOCIMIENTO FIRMA,CITACIÓN Y CONFESIÓN DE DEUDA
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: La cuenta del relator, el mérito de los antecedentes y teniendo en consideración que habiéndose notificado la demanda de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 44 del Código de Procedimiento Civil -luego de realizadas las búsquedas positivas con fecha 16 y 17 de marzo de 2020- debe presumirse que la demandada ha tomado conocimiento del procedimiento que se sigue en su contra, siendo su carga tomar las medidas necesarias para mantenerse vinculada al procedimiento sin que pueda trasladarse dicha carga a la demandante. Y considerando que ordenar una nueva notificación personal de la demandada por el riesgo de que la demandada haya cambiado su domicilio laboral, implica imponer una carga procesal que no corresponde al demandante, según fue razonado anteriormente, lo que por lo demás, no está contemplado en la ley; se revoca la resolución apelada de fecha 10 de mayo de 2021, del 1er Juzgado de Letras de Puerto Varas y en su lugar
Fallo
se resuelve que se cite a una nueva audiencia de confesión de deuda y reconocimiento de firma, debiendo ser notificada por cédula conforme al artículo 44 del Código de Procedimiento Civil. Comuníquese y devuélvase. Rol Civil N°456-2021.-
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, treinta de junio de dos mil veintiuno. VISTOS Y CONSIDERANDO: La cuenta del relator, el mérito de los antecedentes y teniendo en consideración que habiéndose notificado la demanda de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 44 del Código de Procedimiento Civil -luego de realizadas las búsquedas positivas con fecha 16 y 17 de marzo de 2020- debe presumirse que la demandada ha tomado con
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