2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

IBM DE CHILE SAC/DIRECCION NACIONAL DEL TRABAJO

Rol

Fecha

30 de junio de 2021

Materia

OTROS RECLAMOS

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1°) Que, por resolución de siete de abril del año en curso, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en la causa RIT I-116-2021, caratulada “IBM de Chile S.A.C. con Dirección Nacional del Trabajo”, el tribunal se declaró incompetente para conocer de la reclamación interpuesta en contra de resolución administrativa dictada por la Directora del Trabajo. Contra esa resolución, la demandante interpuso recurso de apelación, solicitando que este Tribunal de Alzada revierta lo decidido y deje sin efecto la aludida resolución, conforme a derecho. 2°) Que el reclamo interpuesto lo es en contra de la resolución dictada por la Directora del Trabajo, en virtud de la cual, resolviendo un recurso jerárquico, denegó los servicios mínimos solicitados por la reclamante de conformidad con lo dispuesto en el artículo 359 y siguientes del Código del Trabajo. 3°) Que, si bien es cierto el artículo 360 del Código en comento dispone que de la resolución que emita la Dirección Regional del Trabajo, calificando los servicios mínimos y los equipos de emergencia de la empresa, sólo se podrá reclamar ante el Director Nacional del Trabajo, nada se menciona en relación al legítimo derecho de recurrir del dictamen de este último, existiendo, en consecuencia, la posibilidad de recurrir de tal resolución ante los juzgados laborales. Interpretar la mencionada norma en forma restrictiva importaría privar al reclamante del derecho de recurrir ante un organismo imparcial que revise la legalidad de ese dictamen administrativo, cuestión que necesariamente se encuentra vinculada con el principio de inexcusabilidad del órgano jurisdiccional, contemplado en los artículos 76 inciso 2° de la Carta Fundamental y 10 inciso 2° del Código Orgánico de Tribunales. 4°) Que, además, esta interpretación encuentra reafirmación en el propio Código del Trabajo, toda vez que, como ya se indicó, el asunto sometido al tribunal de base es la impugnación de una resoluc

Fundamentos

fundamentos anteriores, más lo previsto en los artículos 76 inciso 2° de la Constitución Política de la República; 10 inciso 2° del Código Orgánico de Tribunales y 360, 399 y 420 letra e) del Código del Trabajo, se revoca la resolución apelada de siete de abril de dos mil veintiuno, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en la causa RIT I-116-2021, caratulada “IBM de Chile S.A.C. con Dirección Nacional del Trabajo”, y

Fallo

se decide en su lugar que el mencionado tribunal es competente para conocer de la reclamación interpuesta por el recurrente antes individualizado, debiendo proseguir con el procedimiento ante juez no inhabilitado. Comuníquese. Redacción del ministro Tomás Gray. Laboral-Cobranza N° 1297-2021. Pronunciada por la Duodécima Sala, presidida por el Ministro señor Tomás Gray Gariazzo, e integrada por la Ministra (S) señora Lidia Poza Matus y la Ministra (I) señora Pamela Quiroga Lorca. No firma la Ministra (S) señora Poza, no obstante haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo por haber expirado su suplencia. En Santiago, treinta de junio de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, treinta de junio de dos mil veintiuno. Vistos y teniendo presente: 1°) Que, por resolución de siete de abril del año en curso, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en la causa RIT I-116-2021, caratulada “IBM de Chile S.A.C. con Dirección Nacional del Trabajo”, el tribunal se declaró incompetente para conocer de la reclamación interpuesta en

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