SIN INFORMACION

CARRASCO GUZMAN SERGIO ROLANDO/7º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

Rol

Fecha

30 de junio de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que los antecedentes expuestos en el recurso no constituyen una denuncia de hechos que correspondan a aquellos que, según el artículo 21 de la Constitución Política de la República, deban ser conocidos en esta clase de acciones, máxime si, de lo expuesto, se advierte que los mismos se encuentran sometidos a la tutela jurisdiccional de un Juzgado de Garantía, por lo cual, la acción deducida en favor de Sergio Carrasco Guzmán no puede ser acogida a tramitación. Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso deducido en estos autos. Archívese. N°Amparo-2599-2021. Pronunciada por la Primera Sala de esta Corte de Apelaciones presidida por la ministra señora Elsa Barrientos Guerrero e integrada por la ministra señora Blanca Rojas Arancibia y el abogado integrante señor Cristian Lepin Molina. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, treinta de junio de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Fallo

Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso deducido en estos autos. Archívese. N°Amparo-2599-2021. Pronunciada por la Primera Sala de esta Corte de Apelaciones presidida por la ministra señora Elsa Barrientos Guerrero e integrada por la ministra señora Blanca Rojas Arancibia y el abogado integrante señor Cristian Lepin Molina. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, treinta de junio de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, treinta de junio de dos mil veintiuno (paus). Vistos y teniendo presente: Que los antecedentes expuestos en el recurso no constituyen una denuncia de hechos que correspondan a aquellos que, según el artículo 21 de la Constitución Política de la República, deban ser conocidos en esta clase de acciones, máxime si, de lo expuesto, se advierte que los mismos se encuentran s

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