CARREÑO/ILUSTRE MUNIPALIDAD DE SANTIAGO
Rol
Fecha
30 de junio de 2021
Materia
PRESTACIONES
Resultado
SENTENCIA DE REEMPLAZO
Hechos
Vistos: De la sentencia anulada de cinco de octubre de dos mil veinte dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se eliminan todas las referencias del nombre “Darío Edgardo Poblete González o Darío Poblete González” contenidas en ella. Y se tiene en su lugar y además presente: 1°) Que del fallo de nulidad se reproducen los
Fundamentos
motivos tercero, cuarto y quinto. 2°) Que, consta de los antecedentes que el demandante don Darío Edgardo Poblete González, retiró su demanda, petición que fue aceptada por el Tribunal por resolución de 10 de septiembre de 2019, que tuvo por retirada la demanda del actor, resolución que se encuentra firme y ejecutoriada. 3°) Que, en estas circunstancias, no procede emitir pronunciamiento respecto del Sr. Darío Edgardo Poblete González, pues éste no tiene el carácter de demandante en estos autos,.
Fallo
fallo de nulidad se reproducen los motivos tercero, cuarto y quinto. 2°) Que, consta de los antecedentes que el demandante don Darío Edgardo Poblete González, retiró su demanda, petición que fue aceptada por el Tribunal por resolución de 10 de septiembre de 2019, que tuvo por retirada la demanda del actor, resolución que se encuentra firme y ejecutoriada. 3°) Que, en estas circunstancias, no procede emitir pronunciamiento respecto del Sr. Darío Edgardo Poblete González, pues éste no tiene el carácter de demandante en estos autos,. Por estas consideraciones, citas legales y lo dispuesto en el artículo 459 del Código del Trabajo, se resuelve: I.- Que se acoge la demanda de cobro de prestaciones interpuesta por el abogado Gumaro Andrés Silva Ruiz De Viñaspre, en representación de don Carlos Humberto Pardo Palacios; don David Israel Alegría Medina, don Manuel Antonio Yévenes Cavieres, don Martin Ignacio Hidalgo Hidalgo y, don Rafael Alberto Carreño Saavedra, en contra de la Ilustre Municipalidad de Santiago, RUT N° 69.070.100-6, representada legalmente por su Alcalde don Felipe Alessandri Vergara, condenando a esta última al pago de la asignación de colación por las siguientes sumas: 1.- Carlos Humberto Pardo Palacios: $ 240.000. 2.- David Israel Alegría Medina: $ 240.000. 3.- Manuel Antonio Yévenes Cavieres: $ 240.000. 4.-Martín Ignacio Hidalgo Hidalgo: $ 240.000.respectivo. 5.- Rafael Alberto Carreño Saavedra: $ 240.000. II.- Cada parte pagará sus costas. III.- Que las
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Santiago, treinta de junio de dos mil veintiuno. De conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 478 del Código del Trabajo, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo. Vistos: De la sentencia anulada de cinco de octubre de dos mil veinte dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se eliminan todas las referencias del nombre “Darío Edgardo Poblete Gonzál
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