JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE VALPARAISO

BRAVO / INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN PUERTO PRINCIPAL S.A. Y OTRO

Rol

Fecha

29 de junio de 2021

Materia

RECARGOS

Resultado

SENTENCIA DE REEMPLAZO

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Hechos

VISTO: Se reproduce la sentencia del Juzgado de Letras del Trabajo de la ciudad de Valparaíso, de 7 de abril último, en su parte expositiva, con excepción de los

Fundamentos

motivos décimo octavo y décimo noveno, que se eliminan. Se reproducen, además, sus citas legales. Y teniendo en su lugar y además presente: PRIMERO: Que se da por reproducido el considerando quinto que precede, que ha acogido el recurso de nulidad, deducido por don Michael Wilkendorf Simpfendorfer, Abogado Procurador Fiscal de Valparaíso, del Consejo de Defensa del Estado, por el Fisco de Chile-Ministerio de Obras Públicas, de acuerdo al motivo de nulidad del artículo 477 segunda parte del Código del Trabajo (causal subsidiaria), el que se tiene por expresamente transcrito. Y visto además lo dispuesto en el artículo 482 del Código del Trabajo

Fallo

se declara: I.- Que se acoge la demanda interpuesta de despido injustificado y nulidad de despido por la actora doña Ana Carolina Bravo Órdenes, cédula de identidad N° 12.398.731-4, en contra de Ingeniería y Construcción Puerto Principal S.A., RUT 96.988.100-4, representada por la Liquidadora Concursal doña Alejandra Massis y por consiguiente la demandada Ingeniería y Construcción Puerto Principal S.A., deberá pagar las siguientes prestaciones e indemnizaciones: a) indemnización sustitutiva de aviso previo: $ 852.146; b) indemnización por años de servicios : $ 1.704.292, con un recargo de un 50% , lo que equivales a $ 852.146, sumando un total de $ 2.556.438; c) feriado legal y proporcional: $ 1.497.222, y d) todas las remuneraciones y demás prestaciones que se devenguen desde la separación el 19 de agosto de 2019 y hasta el 22 de abril de 2020, a razón de una remuneración mensual de $ 852.146. II.-Deberán pagarse las indemnizaciones y prestaciones, con los intereses, reajustes, conforme lo establece el artículo 63 y 173 del Código del Trabajo. III.- Que se rechaza la acción de cobro de cotizaciones de previsión, salud y cesantía, referidas como impagas. IV.- Que se rechaza la demanda de despido injustificado y de nulidad de despido interpuesta por doña Ana Carolina Bravo Órdenes, en contra del Fisco de Chile –Ministerio de Obras Públicas. V.- Se rechaza la excepción de finiquito y prescripción interpuesta por la demandada Fisco de Chile, en representación del Ministerio

Texto Completo (Preview)

Jevp. C.A. de Valparaíso. SENTENCIA DE REEMPLAZO. En Valparaíso, a veintinueve de Junio de dos mil veintiuno. VISTO: Se reproduce la sentencia del Juzgado de Letras del Trabajo de la ciudad de Valparaíso, de 7 de abril último, en su parte expositiva, con excepción de los motivos décimo octavo y décimo noveno, que se eliminan. Se reproducen, además, sus citas legales. Y teniendo en su lugar y a

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