SIN INFORMACION

PARDO MORALES CRISTIAN ENRIQUE/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

25 de junio de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que compareció María Elizabeth Pardo Morales, en favor de Cristian Enrique Pardo Morales, privado de libertad en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina II, e interpuso recurso de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional por rechazar la postulación del amparado. Segundo: Que, evacuando su informe la Ministra señora María Loreto Gutiérrez Alvear, en su calidad de Presidenta de la Comisión de Libertad Condicional, expuso que por unanimidad se rechazó la concesión del beneficio, citando la resolución impugnada, según la que se “requiere que satisfaga, respecto del delito de robo con fuerza en lugar habitado, al menos los dos tercios de la pena que purga, lapso que en la especie no se cumple, pues al haber iniciado el cumplimiento el 19 de agosto de 2018, el tiempo mínimo necesario no lo alcanza, pues solo lo cumplirá el segundo semestre del presente año”. Por no cumplir dicha exigencia, no existió pronunciamiento respecto de los demás requisitos del Decreto Ley N° 321. Tercero: Que, de los antecedentes acompañados al informe, aparece que el amparado tiene 46 años de edad y cumple las penas de 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo, por el delito de robo con fuerza en lugar habitado y dos penas de 51 días de prisión en su grado máximo por dos delitos de robo en lugar no habitado, proyecta fecha de término para 29 de noviembre de 2021 y cuenta con el tiempo mínimo de postulación desde 26 de octubre de 2020, además de conducta intachable. En lo concerniente al informe psicosocial, se desprende que el riesgo del amparado es medio, por factores de uso de tiempo libre y pares. Participa de la iglesia evangélica; asume su responsabilidad y participación en los ilícitos, señalando que ha podido restablecer roles suspendidos y recuperarse de los efectos nocivos del consumo de alcohol y drogas; tampoco da cuenta de actitudes y valores que promuevan la comisión de delitos. Completó su educación media y ha tra

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo establecido en el artículo 21 de la Constitución Política y el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Amparo, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo constitucional deducido a favor de Cristian Enrique Pardo Morales y en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Amparo-1334-2021.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinticinco de junio de dos mil veintiuno. Vistos y teniendo presente: Primero: Que compareció María Elizabeth Pardo Morales, en favor de Cristian Enrique Pardo Morales, privado de libertad en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina II, e interpuso recurso de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional por rechazar la postulación del amparado. Segundo:

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