SIN INFORMACION

DAMARIS DE LEON ENCARNACION / DEPARTAMENTO DE EXTRANJERIA Y MIGRACION DEPENDENDIENTE DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Rol

Fecha

25 de junio de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, el 26 de enero de 2021, la abogada doña Claudia Beatriz Loman, en representación de doña Damaris de León Encarnación, dominicana, casada, deduce acción de amparo constitucional -reconducida a acción de protección- en contra del Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, representado por Álvaro Bellolio Avaria. Expresa que su representada ingresó a Chile el 23 de agosto de 2014 por paso no habilitado y dos años después se autodenunció ante la Policía de Investigaciones de Chile con la finalidad de regularizar su situación migratoria. En ese contexto, el 28 de diciembre de 2016, la recurrente regresó en forma voluntaria a su país de origen y estando en República Dominicana el 2 de junio de 2017, fue notificada de acuerdo a la Resolución Exenta Nº 137632, en la que en lo pertinente le prohíbe la entrada al territorio nacional. Siendo del caso, que en 2019 la recurrente solicitó ante el Consulado de Chile una visa de turismo, la cual le fue otorgada el 17 de julio de esa anualidad, de modo que arribó al país el 3 de septiembre de 2019. Posteriormente, el 6 del mismo mes y año la actora contrajo matrimonio con don Humberto Hernán Inostroza Lobos y envió una solicitud de visa temporaria por vínculo con chileno, la cual fue desestimada por contar con antecedentes de impedimento de ingreso al país (sic); decisión en contra de la que interpuso un recurso de reconsideración que corrió igual suerte conforme al Ordinario Nº 17.079 de 15 de julio de 2020. Así las cosas, agotada la vía administrativa intenta la presente acción, con la finalidad que se deje sin efecto la prohibición de ingreso a Chile, en el sentido que el recurrido acoja la solicitud de visa enviada en su oportunidad para que pueda permanecer junto a su familia. En apoyo de sus asertos, allega a los autos los documentos que denomina copias de pasaporte, visa de turismo, tarjeta de turismo, Resolución Exenta Nº 137.632 de 2 de julio

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza el recurso de protección deducido por doña Damaris de León Encarnación en contra del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. Regístrese y archívese si no se apelare. N°Protección-916-2021.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinticinco de junio de dos mil veintiuno. Al folio N° 9: a lo principal, téngase presente; al otrosí, a sus antecedentes. Al folio N° 10: a todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, el 26 de enero de 2021, la abogada doña Claudia Beatriz Loman, en representación de doña Damaris de León Encarnación, dominicana, casada, deduce acción de amparo c

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