SIN INFORMACION

ORTIZ DE PIÑERO DENNY - PIÑERO INFANTE ERNESTO LUIS/MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Rol

Fecha

24 de junio de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Juan Pablo Collao Arenas, abogado, en representación de Danerbeth Adriana Piñero Ortíz, quien a su vez actúa por sí y en favor de Denny Marbeth Ortiz De Piñero, pasaporte venezolano N° 078628649 y, Ernesto Luis Piñero Infante, pasaporte venezolano N° 127147268, todos de nacionalidad venezolana, e interpone acción constitucional de amparo en contra de la Dirección General de Asuntos Consulares, Inmigración y Chilenos en el Exterior por privar, perturbar y amenazar el derecho constitucional de la libertad personal y seguridad individual de los amparados, establecido en el art.19 N° 7 de la Constitución Política de la República, específicamente en su literal a) relativo a su “derecho de residir y permanecer en cualquier lugar de la República, trasladarse de uno a otro y entrar y salir de su territorio, a condición de que se guarden las normas establecidas en la ley y salvo siempre el perjuicio de terceros”, y cautelado por la Acción de Amparo consagrada en el artículo 21 de la Carta Política. Expone que doña Danerbeth Adriana Piñero Ortíz, siendo titular de una solicitud de permanencia definitiva acogida a trámite, con fecha 12 de julio de 2019 envía las solicitudes de Visa de Responsabilidad Democrática para sus padres Denny Marbeth Ortiz De Piñero y Ernesto Luis Piñero Infante, con el objeto de solicitarle al estado chileno la protección de su familia y en virtud de ello, el pleno ejercicio de su derecho a la reagrupación familiar, toda vez que ha permanecido separado de ellos por dos años, las que fueron recepcionadas satisfactoriamente e informándose que serían citadas para los trámites de rigor, pero debido a la contingencia sanitaria, el Consulado, suspendió sus funciones, lo que acarreó que con fecha 11 de noviembre de 2020, procedió al cierre masivo de todas las solicitudes de visa que se encontraban pendientes, actuación por parte de la autoridad consular violatoria de derechos fundamentales, además de ilegal

Fallo

se declara que se acoge el presente Recurso de Amparo en favor de los amparados Denny Marbeth Ortiz De Piñero y Ernesto Luis Piñero Infante, ordenando a la Dirección General de Asuntos Consulares, Inmigración y Chilenos en el Exterior, como medida para restablecer el imperio del derecho, otorgar sin más trámite una cita para que aquellos presenten la documentación pertinente ante el Consulado de Chile en Caracas, a fin de concretar el estampado de la visa. Regístrese, comuníquese y archívese si no apelare. N°Amparo-2306-2021. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por los Ministros señor Miguel Eduardo Vazquez Plaza, señora Dobra Lusic Nadal y el Abogado Integrante señora Paola Herrera Fuenzalida. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, veinticuatro de junio de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de junio de dos mil veintiuno. A los folios 8 y 9: téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Juan Pablo Collao Arenas, abogado, en representación de Danerbeth Adriana Piñero Ortíz, quien a su vez actúa por sí y en favor de Denny Marbeth Ortiz De Piñero, pasaporte venezolano N° 078628649 y, Ernesto Luis Piñero Infante, pasaporte ven

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