/CORTE DE APELACIONES DE ARICA
Rol
Fecha
24 de junio de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que, en causa RIT N° 10357-2020 seguida ante el Juzgado de Garantía de esta ciudad, con fecha 3 de junio en curso se dictó resolución por la Jueza de Garantía, señora Carmen Calas Guerra, quien resolvió rechazar la solicitud de sobreseimiento definitivo del imputado, decisión apelada por la Defensora Penal Pública, doña Candelaria Cáceres Laso, de los antecedentes del recurso se colige que los hechos fueron discutidos en las instancias establecidas por el Código Procesal Penal, y dicho debate concluyó con el fallo de la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones, que declaró inadmisible el recurso de apelación impetrado, según da cuenta la causa Rol N° 190-2021 Penal. Segundo: Que, el artículo 66 del Código Orgánico de Tribunales, reza: “El conocimiento de todos los asuntos entregados a la competencia de las Cortes de Apelaciones pertenecerá a las salas en que estén divididas, a menos que la ley disponga expresamente que deban conocer de ellos en pleno. Cada sala representa a la Corte en los asuntos de que conoce.”. Tercero: Que, conforme lo dispuesto en la norma legal citada, sobre la decisión, no cabe recurrir de amparo, ya que otra Sala de la misma Corte de Apelaciones está impedida de revisar la decisión adoptada, no puede ser un tribunal revisor de sentencias de otros de la misma jerarquía. En efecto, darle competencia impropia como tribunal superior a una Sala de una misma Corte de Apelaciones sobre la otra, afecta seriamente las reglas sobre competencia que son de orden público y contenidas en el Código Orgánico de Tribunales, en razón del grado y jerarquía, pudiendo constituir una vulneración a lo dispuesto en el artículo 7 de la Carta Fundamental, opinión que ha sido vertida por la Excma. Corte Suprema en causa rol N° 3890-2012. Por estas consideraciones y normas citadas, se declara Inadmisible el recurso deducido por la letrada doña Candelaria Cáceres Laso. Atendida la certificación que antecede, téngase por inhabilita
Fallo
fallo de la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones, que declaró inadmisible el recurso de apelación impetrado, según da cuenta la causa Rol N° 190-2021 Penal. Segundo: Que, el artículo 66 del Código Orgánico de Tribunales, reza: “El conocimiento de todos los asuntos entregados a la competencia de las Cortes de Apelaciones pertenecerá a las salas en que estén divididas, a menos que la ley disponga expresamente que deban conocer de ellos en pleno. Cada sala representa a la Corte en los asuntos de que conoce.”. Tercero: Que, conforme lo dispuesto en la norma legal citada, sobre la decisión, no cabe recurrir de amparo, ya que otra Sala de la misma Corte de Apelaciones está impedida de revisar la decisión adoptada, no puede ser un tribunal revisor de sentencias de otros de la misma jerarquía. En efecto, darle competencia impropia como tribunal superior a una Sala de una misma Corte de Apelaciones sobre la otra, afecta seriamente las reglas sobre competencia que son de orden público y contenidas en el Código Orgánico de Tribunales, en razón del grado y jerarquía, pudiendo constituir una vulneración a lo dispuesto en el artículo 7 de la Carta Fundamental, opinión que ha sido vertida por la Excma. Corte Suprema en causa rol N° 3890-2012. Por estas consideraciones y normas citadas, se declara Inadmisible el recurso deducido por la letrada doña Candelaria Cáceres Laso. Atendida la certificación que antecede, téngase por inhabilitados para conocer de estos antecedentes a los señor
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Arica, veinticuatro de junio de dos mil veintiuno. Visto y teniendo presente: Primero: Que, en causa RIT N° 10357-2020 seguida ante el Juzgado de Garantía de esta ciudad, con fecha 3 de junio en curso se dictó resolución por la Jueza de Garantía, señora Carmen Calas Guerra, quien resolvió rechazar la solicitud de sobreseimiento definitivo del imputado, decisión apelada por la Defensora Penal Públ
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