JUZGADO DE LETRAS DE COLINA

OLIVARES/CARNOT

Rol

Fecha

25 de junio de 2021

Materia

PRECARIO, INC. 2º ART. 2.195 C.C

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1°.- Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 686 del Código de Procedimiento Civil, la prueba en el procedimiento sumario, cuando haya lugar a ella, se rendirá en el plazo y en la forma establecida para los incidentes. 2°.- Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil. Por estas razones por la cual se declara inadmisible el recurso de apelación deducido el veinte de mayo del año en curso, en contra de la resolución de veintiséis de abril del mismo año. Regístrese y devuélvase. N°Civil-5012-2021.

Fallo

Por estas razones por la cual se declara inadmisible el recurso de apelación deducido el veinte de mayo del año en curso, en contra de la resolución de veintiséis de abril del mismo año. Regístrese y devuélvase. N°Civil-5012-2021.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago (Sala Tramitadora) Santiago, veinticinco de junio de dos mil veintiuno. (dia) Vistos y teniendo presente: 1°.- Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 686 del Código de Procedimiento Civil, la prueba en el procedimiento sumario, cuando haya lugar a ella, se rendirá en el plazo y en la forma establecida para los incidentes. 2°.- Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Có

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