SUMINISTROS TELEFÓNICOS Y COMPUTACIONALES ESTEC LIMITADA /INGENIERIA Y DESARROLLO TECNOLÓGICO ANALOGICA - (LTE) - (ACUMULADO INGRESO CORTE N°13504-2019 Y 12059-2020) - (REASIGNADA DESDE TABLA RELATORA SRTA. NATALIA ESCARATE) - VUELVE A TABLA
Rol
Fecha
22 de junio de 2021
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
REVOCADA-CONFIRMADA
Hechos
Vistos: En cuanto al ingreso Nº 13503-2019: 1º Que en cuanto a las tachas apeladas, compartiendo los argumentos dados por el tribunal a quo, corresponde rechazar el recurso de apelación deducido a este respecto. 2º Que en relación a la tercería, compartiendo las consideraciones dadas por el tribunal de primera instancia y
Fundamentos
considerando que la prueba que fue rendida en esta instancia, esto es, la absolución de posiciones de la tercerista y los documentos acompañados, no alteran lo que viene razonado. En cuanto al ingreso Nº 13504-2019: 3º Que el artículo 458 del Código de Procedimiento Civil dispone que se formará ramo separado con las diligencias relativas al embargo, a su ampliación y al procedimiento de apremio, que tiene por objeto realizar los bienes embargados y hacer pago al acreedor, cuaderno que se tramitará independientemente del cuaderno ejecutivo, sin que la marcha del uno se retarde por los recursos que en el otro se deduzcan, precepto del que se evidencia que no es procedente la suspensión del cuaderno de apremio por la interposición de excepciones por parte del ejecutado, motivo por el cual corresponde acoger el recurso de apelación deducido, en los términos que se dirán en lo resolutivo. En cuanto al ingreso Nº 12059-2020: 4º Que atendido el mérito de los antecedentes y por estimarse ajustada la resolución apelada a los escritos de discusión, corresponde confirmar la resolución en alzada.
Fallo
Por estas consideraciones y conforme lo dispone el artículo 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se resuelve: I.- Se confirma, en lo apelado, la resolución de veinte de agosto del año dos mil diecinueve, dictada por el Octavo Juzgado Civil de Santiago, en causa Rol C-19830-2018, ingreso Corte N° 13503-2019- II.- Se revoca la resolución apelada de treinta de julio del año dos mil diecinueve, dictada en la causa antes citada y, en su lugar, se dispone que se rechaza la solicitud de suspensión de la ejecución del procedimiento de apremio presentada por el ejecutado en el segundo otrosí del escrito de veintiséis de julio del año dos mil diecinueve, ingreso Corte N° 13504-2019. III.- Se confirma, en lo apelado, la resolución de doce de agosto del año dos mil diecinueve, dictada en la causa antes citada, ingreso Corte N° 12.059-2020. Comuníquese. N°Civil-13503-2019 (Acumulada Ingresos Nº 13504-2019 y Nº 12.059-2020 Civil).
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintidós de junio de dos mil veintiuno. Al escrito folio Nº 58: estimando que lo alegado dice relación con el mérito probatorio de dichos documentos, no configurándose la causal invocada, se rechaza la objeción deducida, sin perjuicio del valor que se les otorgue en definitiva. A los escritos folios Nº 59 y 60: a todo, téngase presente. A los escritos folios Nº 61 y
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