C/ CRISTIAN MARCELO MALDONADO MAUREIRA. DTE. M.P.
Rol
Fecha
18 de junio de 2021
Materia
MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en la audiencia, compartiendo estos sentenciadores los argumentos del juez a quo y entendiendo que, por ahora, los antecedentes esgrimidos por la defensa resultan insuficientes, ya que no permiten determinar una modificación de los hechos por los cuales se otorgó la prisión preventiva, concurriendo por tanto los elementos de juicio contemplados en las letras a), b) y c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, lo que no se ve alterado por los peritajes señalados por el recurrente, que eventualmente podrían servir para discutir una pena sustitutiva, pero que hoy no entregan elementos idóneos que desvirtúen la necesidad de cautela que, en este caso, conduce a estimar que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Por lo señalado y visto además lo dispuesto en los artículos 139, 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de diez de junio de dos mil veintiuno, dictada por el Juzgado de Garantía de La Serena, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva, decretada respecto de Cristian Marcelo Maldonado Maureira. Con lo actuado, se levanta acta de lo obrado, la que es suscrita por el Tribunal, actuando como ministro de fe el relator señor Javier Cancino Lagos Devuélvase vía interconexión. Rol N° 627-2021 Penal.-
Fallo
por tanto los elementos de juicio contemplados en las letras a), b) y c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, lo que no se ve alterado por los peritajes señalados por el recurrente, que eventualmente podrían servir para discutir una pena sustitutiva, pero que hoy no entregan elementos idóneos que desvirtúen la necesidad de cautela que, en este caso, conduce a estimar que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Por lo señalado y visto además lo dispuesto en los artículos 139, 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de diez de junio de dos mil veintiuno, dictada por el Juzgado de Garantía de La Serena, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva, decretada respecto de Cristian Marcelo Maldonado Maureira. Con lo actuado, se levanta acta de lo obrado, la que es suscrita por el Tribunal, actuando como ministro de fe el relator señor Javier Cancino Lagos Devuélvase vía interconexión. Rol N° 627-2021 Penal.-
Texto Completo (Preview)
La Serena, dieciocho de junio de dos mil veintiuno. Siendo las 14:12 horas, ante la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones presidida por la Ministra titular señora Marta Maldonado Navarro, e integrada por el Ministro titular señor Sergio Troncoso Espinoza y la abogada integrante señora Elvira Badilla Poblete, se lleva a efecto audiencia para la vista del recurso de apelación interpuesto por la
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