SERGIO RAMON GATICA RUBILAR Y OTROS CON FISCO DE CHILE. ACUMULADA ROL 1152-2020
Rol
Fecha
16 de junio de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: PRIMERO: Que en causa rol 3174-2019, caratulada “Gatica con CDE”, de ingreso del Tercer Juzgado Civil de esta ciudad, sobre indemnización de perjuicios, con fecha 23 de marzo de 2020, complementada por la de 7 de abril de 2020, el juez titular dictó sentencia, en que rechazó las excepciones de falta de legitimidad activa, de reparación satisfactiva y de prescripción, opuesta por la parte demandada, acogiendo la demanda de indemnización de perjuicios por daño moral de la víctima directa y de las víctimas por repercusión en los montos de $35.000.000 para el primero y $10.000.000 para cada uno de los demás. Contra dicha sentencia se han alzado ambas partes; la demandante para que se confirme la sentencia con declaración que se le eleva el quantum indemnizatorio para cada uno de los actores, atendida que la violación de derechos humanos que es su causa, debe ser íntegramente reparada, insistiendo en los montos indemnizatorios pedidos dada la envergadura del daño causado; el demandado, en cambio, pide se revoque la sentencia y se rechace la demanda en todas sus partes, acogiendo la excepciones opuestas, o, en subsidio, se disminuya el monto indemnizatorio concedido; insistiendo también en sus defensas. SEGUNDO: Que, en cuanto a la legitimidad que se cuestiona, no debemos olvidar que el daño por repercusión o rebote nace de un daño provocado a una víctima inicial de un hecho ilícito, y que afecta a personas diversas del sujeto inmediatamente perjudicado; de modo, que para establecer su procedencia la doctrina recurre a dos principios, el de la certidumbre del daño y el del interés legítimo lesionado. El primer principio se refiere, por cierto, no a la cuantía del daño, sino que haya efectivamente ocurrido, de ahí que el hecho dañoso deba ser cierto, real y efectivo; el segundo, se refiere a que el daño debe afectar un interés lícito. La doctrina también señala que las víctimas por rebote o repercusión, pueden serlo o porque resultan p
Fallo
Por estas consideraciones, la normativa legal invocada y lo dispuesto en los artículos 144, 186, y 187 del Código de Procedimiento Civil, se declara: I.- Que SE CONFIRMA, en todas sus partes, la sentencia definitiva de fecha veintitrés de marzo de dos mil veinte, complementada por la de siete de abril del mismo año, dictada por el Juez Titular del Tercer Juzgado de Letras en lo Civil de Concepción en causa rol 3174-2019 de su ingreso. II.- Que cada parte pagará las costas de sus respectivos recursos. Redacción de la Ministra Suplente Margarita Sanhueza Núñez. Regístrese y devuélvase. Rol 1151 – 2020 y acumulada 1152 – 2020. Civil.
Texto Completo (Preview)
ari C.A. de Concepción. Concepción, dieciséis de Junio de dos mil veintiuno. VISTO Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: PRIMERO: Que en causa rol 3174-2019, caratulada “Gatica con CDE”, de ingreso del Tercer Juzgado Civil de esta ciudad, sobre indemnización de perjuicios, con fecha 23 de marzo de 2020, complementada por la de 7 de abril de 2020, el juez titular dictó sentencia, en que rechazó las excepc
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