SIN INFORMACION

MARITZA DEL CARMEN MORALES Y OTRO (RICARDO URIBE LA PAZ) CON SEGUNDO JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE PUENTE ALTO

Rol

Fecha

16 de junio de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado Ricardo Uribe La Paz, en representación de Maritza del Carmen Morales Cabrera y Pedro Antonio Vargas Silva, demandados en causa ROL Nº 232-462-7-2018, seguidos ante el Segundo Juzgado de Policía Local de Puente Alto, sobre daños en choque caratulados "González con Vargas", recurre de hecho en virtud de lo dispuesto en el artículo 203 del Código de Procedimiento Civil, en contra de la resolución de 21 de abril de 2021, dictada por el tribunal antes referido, que declaró inadmisible el recurso de apelación subsidiario interpuesto por su parte en contra de la resolución de fecha 9 de marzo, la que a su vez niega lugar a practicar una nueva liquidación de costas, por improcedente. El recurrente da cuenta de los antecedentes de la causa e indica que el tribunal a quo no ha dado aplicación supletoria al Código de Procedimiento Civil, denegando un recurso de apelación en forma absolutamente ilegal e injustificada. Señala que en virtud del artículo 188 de dicho cuerpo legal, la resolución recurrida es apelable, toda vez que mediante ella el tribunal agrega un trámite que no está ordenado por ley. Explica que la resolución recurrida negó lugar a la apelación que se interpuso en contra de la resolución que no dio lugar a realizar una liquidación, transgrediendo la garantía Constitucional al debido proceso. Solicita en definitiva, se disponga que procede conceder el recurso de apelación deducido de forma subsidiaria en contra de la resolución de 9 de marzo de 2021. Segundo: Que informa al tenor del recurso, Alexis Leonardo Paiva Paiva, Juez Titular de Segundo Juzgado de Policía Local de Puente Alto, señalado que la resolución dictada se ajusta a derecho y al mérito de autos, pues de conformidad a lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley Nº18.287, el recurso de apelación es procedente únicamente en contra de las sentencias definitivas o de aquellas resoluciones que hagan imposible la continuación del juicio, naturaleza jur

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 203 y siguientes del Código de Procedimiento Civil y 32 de la Ley 18.287, se rechaza el recurso de hecho deducido por el abogado el abogado Ricardo Uribe La Paz en contra de la resolución de 21 de abril de 2021 dictada por el 2º Juzgado de Policía Local de Puente Alto en el proceso ROL 232-462-7-2018. Sin perjuicio de lo resuelto por existir una eventual falta disciplinaria, pasen estos antecedentes al Tribunal Pleno. Regístrese y archívese en su oportunidad. N° 122-2021 Policía Local (recurso de hecho). Pronunciada por la Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de San Miguel, integrada por las Ministras señora Ma. Carolina Catepillán Lobos, señora Liliana Mera Muñoz y abogado integrante señor José Ramón Gutiérrez Silva.

Texto Completo (Preview)

Certifico que se anunció y alegó en la Quinta Sala, por el recurso de hecho el abogado señor Ricardo Uribe. Asimismo, se deja constancia que la vista de la causa inició a las 10.53 horas y terminó a las 11.02. San Miguel, 16 de junio de 2021. Camila Galle Aravena, relatora. San Miguel, dieciséis de junio de dos mil veintiuno. Al escrito folio N° 45.648: Téngase presente. Vistos y teniendo prese

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