INMOBILIARIA FRANKIN RODOLFO ARAVENA SAN MARTIN EIRL/RÍO
Rol
Fecha
18 de junio de 2021
Materia
ARRENDAMIENTO,COBRO RENTA BS.RAICES URBANOS
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que atendido lo dispuesto en el artículo 8° numeral 9 de la Ley N° 18.101, en los juicios de arrendamiento sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia y las resoluciones que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, naturaleza jurídica que no reviste la providencia que se impugna por esta vía. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, el veinticuatro de mayo del año en curso, en contra de lo pertinente de la resolución dictada el diecinueve de mayo del mismo año. Regístrese y devuélvase, vía interconexión. N°Civil-5022-2021.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, el veinticuatro de mayo del año en curso, en contra de lo pertinente de la resolución dictada el diecinueve de mayo del mismo año. Regístrese y devuélvase, vía interconexión. N°Civil-5022-2021.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago (Sala Tramitadora) Santiago, dieciocho de junio de dos mil veintiuno. (dia) A los folios 3 y 4, estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que atendido lo dispuesto en el artículo 8° numeral 9 de la Ley N° 18.101, en los juicios de arrendamiento sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia y las resoluciones que pongan término al juicio o hagan
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